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Ministerio Público.
Poder Judicial
Costa Rica
INFORME FINAL DE GESTIÓN
FRANCISCO DALL’ANESE RUIZ
FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA
30 DE JULIO, 2010
TABLA DE CONTENIDO
1-PRESENTACIÓN.
Resumen Ejecutivo.........................................................5
2. RESULTADOS DE
LA GESTIÓN.
Referencia
sobre la labor sustantiva de la Fiscalía General..........................7
2.1.
Principales logros de conformidad con la planificación institucional..............8
2.2 Estado de
los proyectos más relevantes existentes al inicio de la gestión...........8
2.2.1 Sobre nombramientos en
propiedad...........................................8
2.2.2 Reducción de circulante,
control y gestión..................................9
2.2.3 Reactivación del Consejo
Fiscal.............................................12
2.2.4 Identidad
institucional.........................................................13
2.2.5 Dirección
funcional............................................................13
2.2.6 Sistema contra el crimen
organizado........................................14
2.2.7 Otros
retos......................................................................22
2.2.8 Otros
logros....................................................................24
a) En
accesibilidad..........................................................24
b)
Secuestros.................................................................26
c) Delitos
informáticos.....................................................26
d) Trata de
personas........................................................26
e) Política de
persecución agrario ambiental............................27
f) Casos de
migración......................................................27
g) Casos de Registro
Público..............................................27
h) Grupos
extranjeros......................................................28
i)
Limón......................................................................28
j) Violencia contra las
mujeres............................................29
k) Coordinación con
otros cuerpos de policía...........................31
l) Crimen
organizado........................................................31
m) Legitimación de
capitales................................................32
n) Situaciones de
crisis.....................................................32
ñ) Propiedad
intelectual....................................................33
o) Consejo de
Ministerios Públicos Centroamericano..................33
p) Gestión y recepción
de ayuda de las Embajadas.....................33
q) Establecimiento
reciente de relación con la Embajada China......33
r) Participación
activa en foros internacionales.........................34
s) Equipos de
investigación con autoridades extranjeras...............34
t) Investigaciones en
el exterior............................................34
u) Atención de
demandas por violación de derechos humanos........34
v) Conformación de
equipo de trabajo interinstitucional..............35
2.3. Estado de
los proyectos pendientes de concluir.....................................35
2.4. Principales
acciones por realizar para la buena marcha
de la Fiscalía General...................................................................37
3. CAMBIOS EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO DEL ENTORNO QUE HAN AFECTADO EL QUEHACER INSTITUCIONAL
Y DE LA DIVISIÓN...............37
3.1.
Promulgación de Leyes.................................................................37
3.1.1 Ley 8292 Ley de Control
Interno
3.1.2Ley 8422 contra La Corrupción y
el Enriquecimiento ilícito en la función pública
3.1.3 Ley 8589 Penalización de la
violencia contra las mujeres
3.1.4 Ley 8630 adición a circunstancias del cohecho
3.1.5 Ley
8696 reforma ley de tránsito
3.1.6 Ley
8720 Ley de protección a
víctimas, testigos y demás sujetos intervinientes en el proceso penal,
reformas y adición al código procesal penal y al código penal
3.1.7 Ley 8719 Fortalecimiento de la legislación
contra el terrorismo
3.1.8Ley
8754 contra la
Delincuencia Organizada
4. ESTADO DE LA AUTOEVALUACIÓN DEL
SISTEMA DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL.....................................................................38
4.1 Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y
evaluar al sistema de control interno del Ministerio Público........................................38
4.1.1 Ambiente de
Control......................................................39
4.1.2 Valoración del Riesgo....................................................42
4.1.3 Actividades de Control...................................................43
4.1.4 Sistemas de Información................................................45
4.1.5 Seguimiento................................................................46
5.
ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS ASIGNADOS........47
5.1 Desempeño de la Ejecución
............................................................49
6. ESTADO ACTUAL DE CUMPLIMIENTO DE LAS
RECOMENDACIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
AUDITORÍA INTERNA O ALGÚN OTRO ÓRGANO DE CONTROL INTERNO. ....................................51
7. ENTREGA
FORMAL DE ACTIVOS CUSTODIADOS POR LA FISCALÍA GENERAL
.............................................................................................51
8-ANEXOS..............................................................................................51
FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1. PRESENTACIÓN Y RESUMEN EJECUTIVO
Consta en artículo VIII de la sesión de Corte Plena N°
43-2003, celebrada el 24 de noviembre de 2.003, mi elección como
Fiscal General de la
República para un período de cuatro años, entre el 1° de
diciembre de 2.003 y el 30 de noviembre de 2.007. Del mismo modo, consta en artículo IV de la sesión de Corte
Plena N° 30-2007, celebrada el 5 de noviembre de 2.007, mi reelección
para un nuevo período entre el 1° de diciembre de 2.007 y el 30 de noviembre
de 2.011.
No obstante esto último, en virtud de la honrosa
designación que el 2 de julio de 2.010 me hiciera el Secretario General de
las Naciones Unidas, señor BAN KI-moon, para dirigir la Comisión Internacional
Contra la Impunidad
en Guatemala (CICIG), formulé mi renuncia el 19 de julio pasado, ante el
señor Presidente de la
Corte Suprema de Justicia, Magistrado Luis Paulino Mora;
dicha renuncia es efectiva a partir del 1° de agosto de 2.010.
Para el primer período, según expuse ante la Comisión de
Nombramientos de la
Corte Suprema de Justicia durante el procedimiento de
elección, manifesté mi propósito de trabajar en cinco áreas fundamentales:
i.
nombramiento en propiedad
de los fiscales,
ii.
reducción del circulante,
iii.
reactivación del Consejo
Fiscal,
iv.
identidad institucional y
v.
dirección funcional de la
policía.
Para el segundo período me propuse, principalmente,
dejar un sistema para la lucha contra el crimen organizado.
Los objetivos para el primer período fueron cumplidos
en su totalidad. Pero es digno de destacar el trabajo del Ministerio Público
bajo la nueva forma de control (SISPLAZO) que − entre el 1° de enero de
2.004 y el 31 de diciembre de 2.009− terminó en su fase de
investigación 1.120.295 procesos (UN MILLÓN CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y CINCO CASOS) que pasaron a los juzgados penales de todo el país.
Amén de lo anterior, los plazos administrativos para
investigar establecidos por el sistema de control, hicieron que el tiempo
promedio de investigación en el Ministerio Público sea de 11 meses y 11 días.
Pero desde que se judicializa el proceso y hasta que obtiene sentencia, el
tiempo consumido es de 28 meses y 3 días. Esto es, las audiencias y el juicio
oral consumen el 72% del tiempo del proceso. Debería ser al contrario, porque
en un sistema oral la investigación debería tardar más que las audiencias y
los juicios.
En lo que hace a la ejecución presupuestaria, tuvo un
promedio de un 95,3%, destacándose los años 2.004 y 2.007 con un 98.3% y un
98,5%. Es realmente satisfactorio este nivel de ejecución presupuestaria.
En otro orden de cosas, se diseñó una estructura de
lucha contra la delincuencia organizada, conformada de una Fiscalía Contra el
Crimen Organizado, una policía especial contra el crimen organizado a cargo
del O.I.J., una plataforma de información policial bajo responsabilidad del
Director General del O.I.J., una Oficina de Atención a Víctimas del Delito
(programa de protección de personas) y una oficina de relaciones internacionales
para el intercambio de información sobre delincuencia transnacional entre
otras funciones (OATRI).
Al día de hoy la Fiscalía Contra
el Crimen Organizado está en funciones, no así la policía especial en el
O.I.J. por lo que se espera la transformación de la D.I.S. para esos efectos, y
corren peligro de ser trasladadas a la Corte Suprema las
oficinas de protección de personas y de intercambio de información sobre
delincuencia transnacional. La plataforma de información policial no tiene
fecha para comenzar a operar. Con todo esto, la estructura concebida vendrá a
menos antes de operar a plenitud, favoreciendo solo a las organizaciones
criminales.
2. RESULTADOS DE
LA GESTIÓN.
Referencia sobre la labor sustantiva de la Fiscalía General
De
acuerdo con su Ley Orgánica, el Ministerio Público tiene la función de
requerir ante los tribunales penales la aplicación de la ley, mediante el
ejercicio de la acción penal y la realización de la investigación
preparatoria en los delitos de acción pública. No obstante, cuando la ley lo
faculte, podrá solicitar que se prescinda, total o parcialmente, de la
persecución penal, que se limite a alguna o varias infracciones o a alguna de
las personas que participaron en el hecho. Deberá intervenir en el
procedimiento de ejecución penal, en la defensa civil de la víctima cuando
corresponda y asumir las demás función.
El
Fiscal General de la
República es el Jefe Superior del Ministerio Público y su
representante en todo el territorio nacional. Este deberá, con la asesoría del
Consejo Fiscal, diseñar y ejecutar la política de persecución penal, dar a
sus subordinados las instrucciones generales o especiales sobre la
hermenéutica y aplicación de las leyes, a efecto de crear y mantener la
unidad de acción e interpretación.
En el
artículo 25 de la
Ley Orgánica del Ministerio Público se establecen las
atribuciones del Fiscal General, entre las que destacan el establecimiento de
la política de persecución penal, la organización de fiscalías especializadas
y territoriales, el ejercicio del la Administración
y disciplina del Ministerio Público,
efectuar nombramientos, traslados y permutas de los fiscales, asumir
personalmente cuando lo considere, el ejercicio de las funciones del
Ministerio Público y representar la institución.
2.1. Principales
logros de conformidad con la planificación institucional 2007-2011.
Los progresos y resultados alcanzados por el
Ministerio Público al 30 de junio de 2.010, se reflejan en los cuadros
incluidos en el anexo, pues la presentación horizontal impide incluirlos en
este punto.
En todo caso, los resultados permiten concluir en el
cumplimento por parte de la institución. Es necesario indicar que previamente
al 2007 la Planificación Estratégica se realizaba de
manera general por parte del Poder
Judicial y a lo interno se realizaban las labores en cumplimiento con el Plan
Anual Operativo. Fue hasta el 2007 que por medio del Programa de
Modernización de Justicia, financiado con fondos del Banco Interamericano de
Desarrollo, se contrató una consultoría que diseñó -de manera diferenciada- un Plan
Estratégico Quinquenal para los órganos auxiliares del Poder Judicial.
2.2 Estado de los proyectos más relevantes
existentes al inicio de la gestión
2.2.1.- Sobre nombramientos en propiedad:
Se hicieron los nombramientos en propiedad de las
Fiscalas y Fiscales, que para el 1° de diciembre de 2.003 llevaban años como
interinos. Se han respetado rigurosamente sus derechos laborales, sobre todo
el de vacaciones que por mucho tiempo no disfrutaron.
Al 1° de diciembre de 2.003, el 67% de las Fiscalas y
de los Fiscales llevaban años trabajando interinamente. Hoy todas ellas y
todos ellos están en propiedad y solamente hay interinos en las plazas nuevas
o vacantes por renuncia o jubilación, de modo que la crisis del interinazgo
ha quedado superada.
El esfuerzo -en su momento− de hacer estos
nombramientos a golpe de tambor, se ha gratificado con el espléndido trabajo
de la gran mayoría de Fiscalas y Fiscales.
Debo reconocer la colaboración del Departamento de
Personal al acompañarnos en esta enorme labor.
2.2.2.- Reducción circulante, control y gestión:
El atraso y la prescripción de casos en los
escritorios de las fiscalas y de los fiscales, traía consigo una cierta
desconfianza de los usuarios con relación al Ministerio Público. Con la
finalidad de restablecer esa confianza -tan necesaria para la legitimación de
las instituciones por parte de la ciudadanía−, y para cumplir con lo
establecido en la Ley
General de Control Interno, se creó el Sistema de
Seguimiento y Control de Casos (SISPLAZO).
Se trata de un sistema de gestión del caso, de modo
que no se dejaran los expedientes bajo la exclusiva responsabilidad del
fiscal a cargo y sin control alguno. El SISPLAZO establece plazos
administrativos, así como una forma de fiscalizar la labor del auxiliar
judicial, de la policía judicial y de los peritos. Esto se tradujo en una
reducción del circulante de 82.951 casos pendientes de investigación el 1° de
enero de 2.004, a
tan solo 46.126 el 1° de julio de 2.007.
Consecuencia de lo anterior fue la caída de las quejas
contra el Ministerio Público, formuladas por los usuarios ante la Contraloría
de Servicios. Para el cierre del año 2.005, del total de quejas formuladas
por usuarios de todos los despachos del Poder Judicial, solamente el 6.06%
fueron contra las fiscalías y no todas fueron declaradas con lugar. Este es
un indicador de satisfacción importante, pero también lo es de confianza.
Sin embargo, la cifra del circulante subió a 85.341
asuntos en 2.009.
En el siguiente cuadro se observa el comportamiento
del circulante, desde 2.004 hasta 2.010.
|
|
2004
|
2005
|
2006
|
2007
|
2008
|
2009
|
|
Entrados
|
141.294
|
143.413
|
142.791
|
157.438
|
187.543
|
226.873
|
|
Reentrados
|
13.219
|
13.170
|
19.761
|
19.489
|
21.585
|
23.552
|
|
Testim.
|
1.344
|
1.499
|
1.576
|
2.744
|
2.293
|
776
|
|
Terminados
|
170.106
|
173.016
|
171.996
|
173.311
|
196.773
|
235.093
|
|
Circ. final
|
68.702
|
53.768
|
45.900
|
52.260
|
66.908
|
85.341
|
Los casos
entrados en 2.004, 2.005 y 2.006 fueron similares y no superaron los 143.413
en el año 2.005. Pero en 2.007 entraron 14.647 más que en 2.006; en 2.008
ingresaron 30.105 más que en 2.007; y en 2.009 entraron 39.330 asuntos más
que en 2.008.
En 2.008 las fiscalías terminaron 23.462 casos más que
en 2.007, mientras que en 2009 terminaron 38.320 asuntos más que en 2.008. A
pesar del incremento de causas, el Ministerio Público siempre resolvió más
asuntos, lo que atribuyo al SISPLAZO. El control obligado de los Fiscales
Adjuntos sobre los expedientes y, por ende sobre sus subalternos, redundó en
trabajo redoblado y esto permitió poner al Ministerio Público al día.
Lo anterior significa que 1.120.295 (un millón ciento
veinte mil doscientos noventa y cinco) casos fueron terminados en su fase de
investigación en el período 2004-2009, y todos pasaron a los juzgados penales
con requerimiento para las distintas formas de conclusión de la investigación
penal preparatoria.
El circulante a diciembre de 2.003 fue de 82.951
casos, que se redujo hasta 45.900 en 2.006; para subir hasta 85.341 asuntos
en 2.009. De no haberse creado el SISPLAZO, al día de hoy el circulante
permanecería estancado y sería completamente inmanejable.
Cabe señalar que para 2.009, el tiempo promedio de la
fase de investigación preparatoria a cargo del Ministerio Público, tenía una
duración de 11 meses y 11 días; pero una vez judicializado el proceso (desde
su ingreso al Juzgado Penal y hasta la sentencia en el Tribunal de Juicio)
corren 2 años, 4 meses y 3 días.

Esto significa que el proceso penal ordinario tiene
una duración promedio, desde la denuncia hasta la sentencia, de 39 meses y 14
días. Es claro que la investigación del proceso penal en sede del Ministerio
Público, consume el 28% del tiempo; en tanto desde que el expediente ingresa
al Juzgado Penal y hasta que se dicta sentencia en el Tribunal de Juicio, se
consume el 72% del tiempo. En otros términos: en sede judicial el proceso
supera en un 255% el tiempo que utiliza el Ministerio Público para
investigar. Esta es una contradicción del sistema, pues en tratándose del
proceso oral la investigación debería abarcar más tiempo y las audiencias
mucho menos.
Debo reconocer el trabajo de la totalidad de la
institución para lograr estos niveles de eficiencia. Primero fue la tarea de
introducir todos los expedientes en el SISPLAZO, con ello logramos una
reducción significativa del circulante de investigación, y después -cuando
los procesos llegaron a los Juzgados Penales y a los Tribunales de Juicio−
debieron enfrentarse gran cantidad de audiencias y debates.
Desde que fuera creada la Fiscalía Adjunta
de Control y Gestión, a cargo del Fiscal Adjunto Francisco Fonseca, se ha
estudiado principalmente la eficacia del trabajo del Ministerio Público. Hoy
se ejecuta un plan piloto en las Fiscalías de Guápiles y de Heredia, por el
que se pretende medir tanto la eficiencia como la eficacia del trabajo de
fiscalas y de fiscales: tiempo, cantidad y calidad. Mediante un sistema de
suma o resta de puntos, se medirá a cada funcionario, a cada oficina y a cada
Fiscalía Adjunta. Los puntajes individuales incidirán en los ascensos,
permutas, traslados y becas, de donde la excelencia individual se hará
palpable y esto se traducirá en mayor eficacia. Se espera generar -como
ocurrió con el SISPLAZO− una sana competencia entre los funcionarios.
Los criterios serán objetivos y se visibilizará a cada cual por su trabajo,
minimizándose los criterios subjetivos en nombramientos y otros beneficios.
2.2.3.- Reactivación del Consejo Fiscal:
De acuerdo a la Ley Orgánica
del Ministerio Público, al Consejo Fiscal corresponde asesorar al Fiscal
General en materia de política de persecución penal. En este período se
fortaleció el Consejo Fiscal a lo interno del Ministerio Público. Ahora se
reúne con periodicidad y se toman las decisiones de política de persecución.
El Fiscal General preside este órgano, y lo integran
todos los Fiscales Adjuntos y las Fiscalas Adjuntas del país. En el trazado
de la política de persecución, corresponde al Consejo Fiscal priorizar los
objetivos de la persecución, ver los recursos con que se cuenta y hacer las
recomendaciones pertinentes al Fiscal General de la República.
Cuando la decisión del Consejo Fiscal es acogida por
el Fiscal General, la responsabilidad es colegiada; pero cuando el Fiscal
General se separa de la asesoría, lo que puede hacer exponiendo mejores
razones, su responsabilidad es individual.
Las actas cuyo contenido son los acuerdos y
resoluciones del Consejo Fiscal, están en el sitio de Internet www.ministeriopublico.poder-judicial.go.cr,
donde pueden ser consultadas por cualquier persona, lo que favorece el
principio transparencia.
Queda pendiente la aprobación de un documento elaborado
por el Consultor Luis Pásara, relativo a un método que permita -de modo
permanente− diagnosticar las necesidades impuestas por la criminalidad,
para tomar después las decisiones de política de persecución penal. El
documento se encuentra en el sitio de Internet del Ministerio Público.
2.2.4.- Identidad institucional:
Durante mi gestión el Ministerio Público ha
fortalecido su identidad institucional, en torno a sus valores y a los
objetivos de la política de persecución penal.
Nuestro trabajo gravita en torno a la igualdad, la
objetividad, la imparcialidad, el conocimiento, la prudencia, la verdad, la
transparencia y la integridad, que son las mejores herramientas para alcanzar
las más nobles metas del Estado de Derecho: Justicia, Igualdad y Libertad.
Con estos fines y con estos valores nos identificamos
la gran mayoría de las Fiscalas y funcionarias administrativas y de los
Fiscales y funcionarios administrativos.
Este es un logro importante que hace más grande al
Ministerio Público, porque una institución sin identidad y sin unidad no
puede cumplir fielmente su función.
Es patente nuestro deseo por hacer del Ministerio
Público, día a día, una institución de excelencia, bajo la convicción de ser
uno de los más importantes basamentos en que se apoya la democracia
costarricense.
2.2.5.-
Dirección funcional:
Por acuerdo de los jerarcas del Ministerio Público y
del Organismo de Investigación Judicial, las relaciones con la policía
judicial en general son de armonía.
Fiscales y policía hemos formado un equipo de trabajo frente a la
delincuencia.
Es indudable la mejoría de las relaciones entre
Ministerio Público y O.I.J., desde que el tema de la dirección funcional lo
simplificamos en dos palabras: los fiscales dicen "Qué" prueba se necesita,
en tanto los policías establecen "Cómo" se consigue. Cada uno respetando el
ámbito profesional del otro para trabajar en equipo.
Nunca faltarán los desencuentros entre fiscales y
policías, en algunos casos por responsabilidad de los primeros y en otros los
causantes serán los segundos; pero los pequeños conflictos son naturales en
las relaciones humanas y frente a ellos corresponde buscar el entendimiento,
pensando primero en el país y después en los proyectos personales. Esto
consta en las distintas circulares emitidas por la Fiscalía General
de la República,
pretendiendo generar una práctica obligatoria.
En los últimos años se creó y funciona la Fiscalía Adjunta
Contra el Crimen Organizado, sin que a la fecha el Organismo de Investigación
Judicial (O.I.J.) constituya una sección correlativa dentro de la policía
judicial. Esto ha obligado a buscar apoyo en otros cuerpos de policía, y
existe la oferta verbal de la
Presidenta de la República Laura Chinchilla, para transformar la Dirección de
Inteligencia y Seguridad Nacional (D.I.S.) en una policía contra la
delincuencia organizada.
Es necesaria una sección del O.I.J. dedicada a crimen
organizado, o de lo contrario, sería recomendable, aceptar e impulsar la
oferta de transformación la D.I.S.
Con servicios dispersos en el O.I.J. con oficiales distintos según sea la
materia, la información sensible debe pasar por muchas manos y se incrementan
los riesgos de descoordinación. Piénsese en la necesidad de dar dirección
funcional a oficiales de distintas secciones para desarticular una sola
organización: de homicidios para sicariato, de contables para legitimación de
capitales, de delitos varios en secuestros, tráfico de armas y trata de
personas. El riesgo de error en la coordinación, así como de fuga de
información, se incrementan porque la responsabilidad está muy diluida.
2.2.6.- Sistema contra el crimen
organizado:
Sin que ello implique un descuido o abandono de la
persecución penal en delitos convencionales, la lucha contra la criminalidad
organizada se concibió primero como una estructura tridimensional (Fiscalía y
policía, intercambio de información internacional y protección de testigos),
para evolucionar después a una estructura de cinco elementos. En el Ministerio
Público:
·
La Fiscalía Adjunta Contra el Crimen Organizado,
·
La oficina para el
intercambio de información (internacional) sobre delincuencia transnacional
(OATRI) y
·
La protección de víctimas y
testigos (OAVD).
En el O.I.J.:
·
la policía especial contra el
crimen organizado y
·
la plataforma de información
policial.
A estos cinco
elementos debe sumarse el Centro de Intervención de las Comunicaciones,
dependiente de la
Corte Suprema de Justicia; herramienta no solo para la
investigación del crimen organizado, sino también para la investigación de
los delitos contenidos en la Ley N.º 7425, sobre registro,
secuestro y examen de documentos privados e intervención de las
comunicaciones.

La Fiscalía Adjunta
Contra el Crimen Organizado (FACCO), creada el 23 de mayo de 2.008, tiene a
su cargo la ejecución de la política de persecución contra la delincuencia
organizada, para desarticular las organizaciones e impedir la comisión de los
delitos cuyos planes se descubran con anticipación, para lo cual debe dirigir
funcionalmente a la policía.
Evitar la comisión de delitos en progreso (en las
fases de resolución manifestada, de preparación o de ejecución) descubiertos
cuando se investiga una organización criminal, tiene su base en el artículo
67 del Código Procesal Penal.
Esto implica sacrificar investigaciones para evitar la lesión de la vida, de
la salud, de la libertad o de la propiedad de las futuras víctimas. Fue
necesario un cambio cultural, tanto en los fiscales como en los policías
judiciales, para "quemar" los casos sin lograr condenas; para ello, se
aprendió a hacer un balance entre los bienes jurídicos potencialmente
lesionados y el proceso penal que no terminaría en sentencia.
La plataforma de
información policial es un logro legislativo de Ministerio Público y del Instituto
Costarricense sobre Drogas (I.C.D.), consagrado en el artículo 11 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada,
N° 8754 de 22 de julio de 2.009.
Esta herramienta de investigación, confiada a la Dirección General
del O.I.J., debería contar con los programas de cómputo para la relación de
datos, de modo que dé alertas tempranas acerca de la existencia de
organizaciones criminales. Esto permitirá la anticipación y la reacción en el
menor tiempo.
En este sentido,
tanto la Corte Suprema
de Justicia como el Ministerio Público, pero sobre todo el Director General
del O.I.J., deben emprender una lucha para lograr el presupuesto necesario
para el diseño, construcción y funcionamiento de tan importante instrumento
de investigación. Mientras no se cuente con la plataforma de información
policial, el crimen transnacional organizado está avanzando y las autoridades
se estancan.
Otro logro
importante del Ministerio Público, compartido con la Presidencia de la Corte Suprema de
Justicia, fue la aprobación de la
Ley N° 8720, Ley de Protección de Víctimas, Testigos y
otros intervinientes en el proceso penal. Con este cuerpo normativo se dio
naturaleza legal a la
Oficina de Atención a las Víctimas de Delitos (OAVD),
fortaleciendo la estructura de lucha contra la criminalidad organizada. Sin
embargo, me llevo la preocupación de haber recibido -verbalmente− la
opinión de la
Magistrada Anabelle León Feoli, en punto a su idea de
llevarse dicha oficina del Ministerio Público y ponerla bajo la estructura de
la Corte Suprema
de Justicia con mayores funciones, con lo cual se debilitaría la respuesta
que el Ministerio Público debe dar al crimen organizado, pues la protección
de personas dependería de la voluntad de funcionarios no subordinados a las
fiscalía, por ende no involucrados en la política de persecución.
Por acuerdo del
Consejo Superior del Poder Judicial, tomado en artículo LXV de la sesión N°
03-2008, celebrada el 15 de enero de 2.008, fue creada la Oficina de Asesoría
Técnica y Relaciones Internacionales (OATRI), adscrita a la Fiscalía General
de la República,
para cumplir -entre otras funciones− los poderes/deberes consagrados en
el artículo 65 del Código Procesal Penal:
ARTICULO 65.- Cooperación internacional
"Cuando las actividades delictivas se realicen, en
todo o en parte, fuera del territorio nacional, o se les atribuyan a personas
ligadas a una organización de carácter regional o internacional, en los casos
en que deba aplicarse la legislación penal costarricense, el Ministerio
Público podrá formar equipos conjuntos de investigación con instituciones
extranjeras o internacionales.
Los acuerdos de investigación conjunta deberán ser
aprobados y supervisados por el Fiscal General."
Al aprobar el
proyecto de presupuesto ordinario del Poder Judicial para el año 2.009, la Corte Plena aprobó
la estructura y la relación de puestos presentada por el Ministerio Público,
en la que se incluyó a la
OATRI y su personal. Posteriormente, la Asamblea Legislativa
convirtió en ley el proyecto de la Corte Plena, con la estructura y personal del Ministerio
Público, incluida la
OATRI. De este modo, la naturaleza jurídica de la OATRI es legal y no
administrativa.
Con fundamento en lo anterior, la OATRI -bajo la dirección y
supervisión del Fiscal General de la República− ha establecido relaciones
internacionales con los Ministerios Públicos de toda Iberoamérica, de los
Estados Unidos de América, Italia, Alemania, Holanda, Rumanía y Finlandia,
entre otros. Esto ha permitido intercambiar información valiosa para
investigar y desarticular organizaciones delictivas transnacionales.
El caso más notorio atendido por la Fiscalía de
Fraudes de San José bajo la coordinación internacional de la OATRI, es conocido
mundialmente como Global Con, que conllevó quince meses de investigación
conjunta entre el Ministerio Público de Costa Rica y la Fiscalía Federal
de Fraudes de los Estados Unidos de América, y de este país con autoridades
de Canadá, Holanda, España, el Reino Unido, Nueva Zelanda y Nigeria. El caso
culminó en mayo de 2.006, con decenas de allanamientos y 565 detenciones
simultáneas en Costa Rica y otras partes del mundo, desarticulándose así una
organización transnacional que había realizado parte de muchas estafas desde
suelo costarricense, en daño de casi 3 millones de víctimas obteniendo un
lucro injusto de casi $1.000.000.000,00 (mil millones de dólares). Quienes fueron detenidos en Costa Rica, después fueron
extraditados a los Estados Unidos de América.
La
OATRI representa al Ministerio
Público de Costa Rica en las redes de comunicación internacional IberRed y Groove.
Por su capacidad profesional y aportes, la entonces jefa de la OATRI, Fiscala Andrea
Murillo Fallas, ahora trabaja a tiempo completo en IberRed en Madrid, para lo
cual goza de una licencia sin goce de salario; esto habla bien de nuestra
oficina de relaciones internacionales, que, bajo la nueva dirección de la Fiscala Laura
Monge, ha conservado e incrementado el prestigio internacional del Ministerio
Público costarricense. De igual forma, la OATRI atiende día a día el intercambio de
información seguro a través del sistema Groove de la Organización
de Estados Americanos; se trata de un correo electrónico seguro, en el que minuto
a minuto se comparte información valiosa para desarticular al crimen
transnacional.
Me llevo la gran preocupación de saber que el dictamen
N° 027-2009 del departamento legal del Poder Judicial -muy deficiente en
cuanto no consideró a las facultades del Fiscal General de representación y
supervisión para la cooperación en investigaciones criminales internacionales
(Art. 65 del C.p.p.)−, hace
peligrar la existencia de la
OATRI.
Preocupan algunas afirmaciones hechas en el dictamen
legal de cita, pues además de carecer de cualquier base jurídica se oponen
frontalmente a la ley. Sin citar alguna norma (porque no existe), el abogado
dictaminador señala: "[...] la OATRI tampoco puede
ejercer unilateralmente competencias en el ámbito de las relaciones internacionales
y de cooperación internacional, pues ello es una tarea que corresponde a la Corte Plena, o a la
dependencia u oficina que ella conforme o designe para tales menesteres [...]".
Sin embargo, no indica normativa alguna para concluir que la Corte Plena tiene
esta competencia.
Omite el dictamen señalar que, de conformidad con el
artículo 13 de la
Ley Orgánica del Ministerio Público, el Fiscal General -y
solo el Fiscal General− es el representante del Ministerio Público; representación que se aplica al interpretar el artículo 65 del
Código Procesal Penal antes transcrito.
Es notable que el citado artículo 65 es el único en el
ordenamiento jurídico que otorga facultades a un funcionario público, que es
solamente el Fiscal General, para suscribir, aprobar y supervisar, acuerdos
de investigación criminal conjunta con instituciones extranjeras o
internacionales, en el más amplio de los sentidos.
Esta facultad especialmente concedida al Fiscal
General de la
República, no la tiene la Corte Suprema de
Justicia.
Ahora bien, en el ejercicio de la jerarquía y de la potestad de delegación que tiene el Fiscal General de la República, así
como de la subordinación y dependencia, en cumplimiento del principio de
unidad institucional (para que toda tramitación internacional sea realizada
de la misma forma en lo cuantitativo como en lo cualitativo), delegué la
cooperación internacional en la
OATRI, sin sustraerme a los deberes de aprobación y
supervisión establecidos en el artículo 65 del Código Procesal Penal.
En contraposición a lo anterior, la Ley Orgánica
del Poder Judicial no otorga a la Corte Suprema de Justicia funciones similares.
El tema está
pendiente sin que se resuelva en la Corte Suprema de Justicia, desde el 17 de
agosto de 2.009.
Trasladar la
OATRI, como se pretende, del Ministerio Público a la Corte Suprema de
Justicia, viene a ser el último golpe para terminar con la estructura
construida para luchar contra la criminalidad organizada transnacional.
Otro tema preocupante que debe resolverse, es el de la
designación de la
Fiscalía General de la República como autoridad central de
convenciones internacionales.
Es una verdad incontestable, el error in procedendo en la emisión inconsulta a la Corte Suprema de
Justicia, de los decretos que designan a la Fiscalía General
como autoridad central de dos convenciones internacionales: contra crimen
organizado y contra la producción y comercialización de armas. Personalmente
pedí a la entonces Ministra de Justicia y actual Presidenta de la República Laura
Chinchilla, su derogatoria y nueva emisión con la consulta previa a la Corte Suprema.
Sin embargo, no se han hecho las correcciones que no dependen del Ministerio
Público sino del Ministerio de Justicia.
La Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (A.Ia.M.P.) tiene pronunciamientos
reiterados, y la Oficina
de las Naciones Unidas Contra la
Droga y el Delito (UNODC) lo hizo saber el año anterior en
Viena, tanto a los Magistrados Luis Paulino Mora y José Manuel Arroyo como a
los diputados Jorge Méndez y Federico Tinoco, acerca de la necesidad de
designar a los Ministerios Públicos como autoridades centrales de convenios
de lucha contra el crimen en general, para reducir el tiempo de reacción
frente a las organizaciones transnacionales de delincuentes.
Es recomendable corregir los errores de procedimiento
y emitir los decretos en el mismo sentido. Sobre esto ya hay adelantadas
conversaciones con el actual Ministro de Justicia Hernando París.
A cualquier costo debe evitarse que la OATRI y la OAVD salgan del Ministerio
Público y pasen a la
Corte Suprema de Justicia, pues eso reduce la capacidad de
reacción para desarticular redes criminales. Pero debe impulsarse la creación
de una policía especial contra el crimen organizado en el O.I.J., o apoyar al
ejecutivo en la transformación de la
D.I.S. en un cuerpo policial de esta naturaleza. Del mismo
modo, debe designarse a la Fiscalía General de la República como
autoridad central, de todos los convenios internacionales de lucha contra la
criminalidad.
2.2.7.- Otros retos:
Más allá de los objetivos dichos, la cotidianidad
impuso retos que debieron resolverse sobre la marcha, como es lo natural en
cualquier fiscalía del mundo.
En estos años se resolvió el caso de Compensación
Social; el secuestro y homicidio del ciudadano Fabio Garnier; se investigó,
acusó y hubo condena en el caso del incendio del Hospital Calderón Guardia;
se concluyeron, con sentencias condenatorias, la quiebra del Banco ELCA, los
últimos procesos del Banco Anglo y de los CAT’s; y el "caso de Los Villalobos"
por fraudes y violación de las normas de intermediación financiera, con gran
cantidad de ofendidos, entre otros asuntos importantes.
Investigaciones penales de resonancia nacional
iniciaron y concluyeron en este período. Algunas están en los Juzgados
esperando audiencia preliminar y otras en los Tribunales de Juicio a la
espera del señalamiento para debate o ya con sentencia. Entre ellas se
encuentran los casos del homicidio del periodista Parmenio Medina, de
corrupción de funcionarios públicos Caja-Fischel e ICE-Alcatel. En el primero
recayó sentencia condenatoria ya firme, en el segundo se dictó condenatoria
actualmente impugnada por la defensa ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de
Justicia. Por su parte, el caso ICE-Alcatel se encuentra en fase de juicio,
pero gracias al trabajo de la Fiscalía Adjunto de Delitos Económicos,
Tributarios y Corrupción, por el proceso abreviado hay dos condenados en
Costa Rica y otro en los Estados Unidos de América.
En esta última investigación el gobierno de Francia
autorizó al Fiscal General de la República y al entonces Fiscal Carlos Morales,
para actuar como Fiscales ante el Tribunal de Gran Instancia de París, como
parte del trámite de una de las solicitudes de asistencia judicial dirigidas
a ese país agotando todas las posibilidades de obtener prueba contra uno de
los imputados. En esa misma investigación la OATRI coordinó con la Fiscalía Federal
de Fraudes de los Estados Unidos de América, la apertura de una causa penal
contra un ciudadano francés y otro costarricense, como presuntos responsables
por hechos de corrupción del caso ICE-Alcatel. Como resultado sobrevino, en la Florida, la sentencia
condenatoria del ciudadano francés y se despachó orden de captura
internacional contra el costarricense. Esto último, basado en la prueba
recabada y entregada por el Ministerio Público costarricense al Departamento
de Justicia de los Estados Unidos de América.
De este modo, el caso ICE-Alcatel ya cuenta con tres
sentencias condenatorias basadas en la prueba recabada por el Ministerio
Público y por el O.I.J.: dos casos tramitados por proceso abreviado en Costa
Rica, y uno en los Estados Unidos de América.
Se
descubrieron y desmantelaron organizaciones criminales dedicadas a secuestros
extorsivos, explotación sexual infantil, tráfico y trata de personas −niñas
y adultas− con fines de explotación sexual comercial o de esclavitud
−a estos últimos se suman los adultos chinos que vienen por vía
marítima−, tráfico de hermanos nicaragüenses, actividad creciente en lo
que respecta al sicariato, redes de delitos informáticos, graves hechos de
corrupción, cárteles colombianos asociados a los cárteles mexicanos, así como
las FARC de Colombia que han establecido sus brazos de acción en Costa Rica,
y la triada china, entre otros.
Las
estructuras criminales que hoy enfrentamos han requerido un abordaje distinto
al de los delitos convencionales, dada la gran lesividad que la delincuencia
organizada ocasiona a las personas, a la economía, a la sociedad y al sistema
democrático. El mayor problema es el sicariato y los secuestros.
2.2.8- Otros logros:
a).- En accesibilidad:
El Ministerio Público llegó a la población indígena.
Al conocer de sus necesidades se gestionó, en 2.007 para el presupuesto de
2.008, una plaza de intérprete de lenguas indígenas, para que este sector de
la ciudadanía pueda conocer del contenido de las investigaciones penales.
Así, las víctimas y los acusados indígenas no tendrán que esperar hasta la
audiencia preliminar y el juicio, para enterarse de los pormenores de la
causa.
En 2.009 se creó la Fiscalía Indígena,
para atender las necesidades de más de 63.000 indígenas que habitan en más de
veinte pueblos en todo el país. Dada su dispersión en el territorio nacional
se emprendió el proyecto de Fiscalía Móvil, y fue así como en abril de 2.010
se recibió en donación por parte del Instituto Costarricense sobre Drogas (I.C.D.),
un vehículo adaptado para servir como oficina móvil. El costo de este bien
asciende a la suma de $70.000,00 pagados íntegramente por el donante.
La Fiscalía Móvil tiene
como finalidad principal visitar rutinariamente los pueblos indígenas, para
llevar el servicio al usuario y llegar a lugares donde no existe fiscalía.
Podrá ser utilizada también en situaciones de crisis, para las necesidades
del Ministerio Público o para ubicar el Centro de Operaciones Técnico
Tácticas (COTT). Servirá también para la atención de eventos de la
naturaleza, como por ejemplo el "Terremoto de Cinchona", y así evitar que los
damnificados caminen decenas o cientos de kilómetros para formular denuncias
por desaparición de personas o por sustracción de bienes. Podrá ser, la Fiscalía Móvil,
instrumento de respuesta a investigaciones complejas de narcotráfico o en
caso de delitos ambientales.
La auxiliar
judicial de la Fiscalía Indígena, es una ciudadana indígena
que, gracias a la cooperación de la Universidad Escuela
Libre de Derecho, a su Junta Directiva y a su Rector Ricardo Guerrero
Portilla, tiene una beca total para estudiar derecho, por lo que a la vuelta
de pocos años se espera que la Fiscalía Indígena sea dirigida por una indígena
fiscal. Por tratarse de una
mujer, en ella concurren dos aristas importantes: mejorará la accesibilidad
de las y de los indígenas a los servicios de justicia penal, al tiempo de
convertirse en un ícono de la política de género del Ministerio Público.
El acceso a la
justicia por parte de los ciudadanos indígenas, marcha a paso firme con el
compromiso del Ministerio Público.
Dentro de esta misma visión, el personal del
Ministerio Público recibió cursos de lenguaje LESCO, para respetar los
derechos de las personas con esta capacidad especial. Estas son
manifestaciones de un Ministerio Público sensible y comprometido con la
accesibilidad.
Como parte de la política de transparencia, pero
también de accesibilidad, se creó un sitio en Internet: www.ministeriopublico.poder-judicial.go.cr.
Allí se pone al servicio de todos los consultantes la totalidad de la
información pública, relativa a la administración y a la política de
persecución.
Para mejorar la comunicación y la accesibilidad y
gracias a la donación del espacio radial de la Cadena de Emisoras
Columbia, desde el 19 de mayo de 2.008 se ha transmitido semanalmente el
programa "Los Fiscales y Usted". Son veinticinco minutos relativos, entre
otros, a:
·
Los derechos de las víctimas
y otros usuarios de los servicios de justicia penal,
·
El acceso a las oficinas del
Ministerio Público para formular denuncias,
·
Formación de la ciudadanía en
temas del ejercicio de la acción penal pública y de la política de
persecución penal,
·
La visión del Organismo de
Investigación Judicial sobre la administración de la justicia,
·
La lesividad de los delitos
ambientales y de la criminalidad organizada,
·
La independencia del
Ministerio Público; entre otros.
En el mismo espacio radial se ha copatrocinado la
campaña del Hospital Nacional de Niños denominada "No más lágrimas", para
enfrentar la violencia contra los niños y las niñas.
Los 104 programas de radio "Los Fiscales y Usted", pueden
ser escuchados en nuestro sitio en Internet: www.ministeriopublico.poder-judicial.go.cr
b)- Secuestros:
El trabajo decidido contra la mafia china (las
triadas) establecida en suelo nacional, dedicada −entre otros
crímenes− a la comisión de secuestros extorsivos contra ciudadanos
asiáticos, fue neutralizado gracias a la labor de equipo desarrollada durante
2.005 y 2.006.
Hubo un intenso análisis y estudio, trazado
estratégico y táctico de las investigaciones, planificación de acciones, y
coordinación con el O.I.J. en lo que hace a inteligencia y operativos. El
abandono de los secuestros extorsivos de ciudadanos chinos, es un efecto
indirecto de la política de persecución del Ministerio Público que genera
seguridad para una parte de nuestra población.
c).- Delitos informáticos:
La desarticulación del brazo local de una red dedicada
a delitos informáticos, que trasladó, en tan solo tres meses, $8.000.000,oo
de cuentas corrientes de bancos costarricenses a bancos de Etiopía y Rumanía.
Es inestimable la cantidad de dinero que se ha dejado de sustraer a los
cuentacorrentistas costarricenses desde que la Fiscalía de
Fraudes de San José diera este exitoso golpe en 2.007.
d).- Trata de personas:
Se desarticuló una red internacional de trata de
personas menores de edad (recién nacidos), que llevaba los niños y las niñas
desde Guatemala hacia otros países, utilizando como puente a Costa Rica. En
San José tuvo lugar el macabro descubrimiento de una casa utilizada como
"granja de engorde" antes de las entregas. El caso terminó con sentencia
condenatoria.
Como presidente
del Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano, he trabajado con el
apoyo de la OATRI
-que es la Secretaría Técnica de dicho Consejo− con
el Instituto Latinoamericano para la Prevención del Delito y el Tratamiento del
Delincuente (ILANUD), para desarrollar el proyecto "XCAS-26" de la Oficina de las Naciones
Unidas Contra la Droga
y el Delito (UNODC), para diseñar una política de persecución penal
centroamericana, en contra de la trata de personas. Parte del proyecto
supondrá el reforzamiento de la Secretaría
Técnica.
e).- Política de persecución agrario ambiental:
La circular 01-05 contiene sistematizada, la política
de persecución agrario ambiental. Se trata de un extenso documento preparado
por la
Fiscalía Adjunta de la materia y aprobado por el Consejo
Fiscal.
Dicha circular se utiliza en otros países como base de
la persecución penal en asuntos agrario ambientales. Además, se abrieron
fiscalías dedicadas a las áreas de protección de Osa y del Tempisque. Es
fundamental, una vez superada la crisis económica mundial que nos afecta
desde 2.008, crear fiscalías dedicadas a la protección ambiental en la zona
norte (San Carlos hasta Upala), en Limón Norte y en Limón Sur.
f).- Casos de migración:
Se han investigado varios casos de corrupción de
funcionarios públicos en Migración, coadyuvando con la Dirección de
Migración a hacer limpieza, ante la probable existencia de una red que falsifica
documentos y visas para extranjeros, algunos con antecedentes criminales, con
la finalidad de ingresarlos o mantenerlos en nuestro país con intenciones
delictivas. Se han producido varias detenciones, son casos de difícil manejo
e investigación debido a la complejidad de estas organizaciones.
g).- Casos de Registro Público:
En esta lucha abierta contra la corrupción también
hemos realizado operativos en el Registro Público contra funcionarios
corruptos y hemos detenido y procesado a varios notarios públicos
inescrupulosos que están dando al traste con la seguridad y fe pública
registral. En virtud de ello, como parte de las políticas de persecución, nos
oponemos a las conciliaciones en esta materia, queremos con mano dura atacar
esta delincuencia y con ello devolverle la confianza a los costarricenses y a
los inversionistas extranjeros.
h).- Grupos extranjeros:
En tiempo record, haciendo uso de la oralidad
procesal, se tramitó, ante el Juzgado Penal de Puntarenas, la extradición de
uno de los "Hombres Fuertes" de las FARC de Colombia, quien tenía a su haber
137 homicidios de ancianos, mujeres y niños, en un ataque a una Iglesia rural
de su país. Me refiero al caso Martínez Quinto. Es altísima la probabilidad
de que otros u otras delincuentes de este grupo narco-guerrillero realicen
operaciones ilícitas en el país.
La detención de un ciudadano colombiano vinculado al
M-19, en poder de más de $1.400.000,oo en efectivo que guardaba en su
escritorio, permitió abrir y culminar con sentencia condenatoria una
importante causa por lavado de dinero, que a la vez podría ser la puerta que
permita investigar, en el futuro, temas relacionados a terrorismo, tráfico de
armas y narcotráfico.
i).- Limón:
Bajo la dirección y liderazgo del Fiscal Adjunto Celso
Gamboa, en 2.009 se emprendió una campaña para desarticular las
organizaciones delictivas de Limón, aprehender y enjuiciar a los sicarios de
la zona y a llevar a prisión a condenados rebeldes.
Esto se tradujo
en una caída de los homicidios en la ciudad de Limón, de 22 por cada 100.000
habitantes en 2.009, a
la mitad en lo que va de 2.010: esto es 11/100.000 habitantes. Esto significa
una mejora de la seguridad ciudadana en un 50%. Pero no debemos alegrarnos y
el Estado debe abordar el problema integralmente, mejorando las oportunidades
y con ello las condiciones sociales.
j).- Violencia contra las mujeres:
Preocupado por la desafortunada violencia que aqueja a
las mujeres en nuestro país, al punto de que muchas han perdido su vida a
manos de su pareja sentimental, emití la circular 16-2005, de fecha 22 de
agosto de 2005, y adelantándome a la
Ley de Penalización de Violencia Contra las Mujeres, que
entró en vigencia en junio de 2.007, giré la citada directriz de carácter
vinculante a todas las fiscalas y todos los fiscales del país sobre la
obligación de perseguir los delitos de lesiones causados por actos de
violencia psicológica y de delitos cometidos mediante abuso de relaciones de
poder. De tal suerte que, se obliga a perseguir como lesiones gravísimas, graves
o leves, según se determine la incapacidad psicológica producto de las
agresiones sufridas, por lo tanto no solo deben contemplarse las agresiones
físicas para determinar la existencia de este tipo penal.
Ahora bien, en cuanto al tema de los delitos cometidos
bajo subordinación, esta directriz ordena a las fiscalas y a los fiscales
realizar todos los esfuerzos necesarios para acreditar o descartar que la
persona dominante sea instigador o autor mediato del delito con instrumento
doloso, así el Ministerio Público al valorar la culpabilidad de la persona
que actuó como autor material o como instrumento deberá determinar la
exigibilidad de actuar conforme a derecho, de manera que según corresponda,
se le atenúe o incluso se le exima total o parcialmente de sanción penal.
De igual forma emití la circular número 14-2006, de
fecha 26 de abril de 2006, la cual fue producto de un diferendo con los
Juzgados de Violencia Doméstica, quienes bajo la excusa de no tener
competencia para disponer la libertad de las personas, trasladaban al
Ministerio Público los agresores detenidos sin existir delito alguno qué
perseguir y sin emitir medidas de protección a la mujer agredida, de
conformidad con la ley, ocasionando a la víctima un perjuicio que ponía en
peligro su integridad física y hasta su vida, y en segundo lugar violentaban
los derechos de los detenidos. Lo anterior por cuanto al no existir delito
alguno que perseguir, el Ministerio Público se encuentra imposibilitado
legalmente para actuar y solicitar al juez penal medidas a favor de esa
víctima o medidas cautelares contra el detenido. Este diferendo se llevó
hasta el Consejo Superior, que en sesión No. 88.05, celebrada el 08 de
noviembre de 2005, en el artículo LXXIX, acogió mi tesis y como consecuencia
ordené una serie de reglas de acatamiento obligatorio que entre otras está
presentar queja ante la Inspección Judicial para sentar la
responsabilidad disciplinaria del Juez de Violencia Doméstica.
Con fondos del
Programa PJ-BID correspondientes al Ministerio Público, durante mi gestión
fueron emitidos los siguientes protocolos de importancia en materia de
género:
Ø
Protocolo de atención a víctimas mayores y menores de edad de delitos
sexuales y explotación sexual comercial cometidos por personas mayores de
edad. (2.008)
Ø
Protocolo de atención a víctimas mayores y menores de edad de delitos
relacionados con la violencia doméstica cometidos por personas mayores de
edad. (2.008)
Ø
Protocolo de atención legal a víctimas de delitos sexuales y violencia
doméstica cometidos por personas menores de edad. (2.008)
Ø
Protocolo de atención a víctimas de violencia sexual y/o doméstica en el
Departamento de Ciencias Forenses. (2.008)
Ø
Protocolo de atención a víctimas en los Juzgados de Violencia Doméstica.
(2.008)
Ø
Protocolo de atención a víctimas de violencia sexual y/o doméstica en el
Departamento de Trabajo Social Sede Penal. (2.008)
Ø
Protocolo para la atención de la violencia sexual y/o doméstica en el
Departamento de de Medicina Legal. (2.008)
Ø
Guía práctica para el otorgamiento de las medidas de protección (típicas
y atípicas) para personas en condición de discapacidad y personas adultas
mayores. (2.008)
Los derechos de autor de todos estos instrumentos, son
en su totalidad del Ministerio Público.
La Fiscalía General de la República apoyada
en la OATRI,
se opuso a la extradición de Nicole Elsi Kater, solicitada por los Estados
Unidos de América. Dicha señora vino a Costa Rica para librarse de la
agresión de su ex-esposo, tanto para ella como para su hija. Después de dos
instancias, en Puntarenas y en San Ramón, se ordenó entregar a la señora
Kater. Esto motivó la promoción de un recurso de habeas corpus a favor de la extraditada, cuyo resultado fue a
favor de la tesis del Ministerio Público: la Sala Constitucional
de la Corte Suprema
de Justicia ordenó celebrar una nueva audiencia y resolver una vez más la
segunda instancia. Cumplido lo anterior, se anuló la sentencia de primera
instancia y se ordenó una nueva sustanciación. El Tribunal de Juicio de
Puntarenas ordenó en primera instancia la extradición de Nicole Elsi Kater,
pero ante apelación formulada por el Ministerio Público con la adhesión del
INAMU y la
Defensoría de los Habitantes, el Tribunal de Casación de
San Ramón revocó lo resuelto en primera instancia y denegó la extradición
solicitada por los Estados Unidos de América.
No solo se fortaleció con ello la política de
persecución en materia de género, sino que se hizo gala de la objetividad e
imparcialidad que caracteriza al Ministerio Público.
k).- Coordinación con otros cuerpos de policía:
En 2.006 convoqué a una reunión de alto nivel, con los
jerarcas de Seguridad Pública y Justicia, así como con todos los altos jefes
de los distintos cuerpos policiales del país. Asistieron observadores de la DEA y de la policía
francesa.
La reunión se llevó a cabo en Punta Cocles, Limón,
donde se estudió el fenómeno criminal de esa provincia. A raíz de ese
encuentro se realizó, meses después, la "Operación Caribe", en virtud de la
cual fueron trasladados a la ciudad de Limón casi 100 policías, entre Fuerza
Pública y OIJ, cuya presencia evitó por seis semanas que se diera algún
homicidio en esa ciudad. Además, se logró la aprehensión de personas rebeldes
o condenadas, al tiempo de desarticular pequeños cárteles locales. El OIJ
cumplió el compromiso con ayuda económica del Ministerio Público, que aportó
una suma de los gastos confidenciales de la Fiscalía General.
l).- Crimen organizado:
El Ministerio Público, junto con el Instituto Costarricense sobre
Drogas, entregó al Poder Ejecutivo el Proyecto de Ley Contra la Delincuencia Organizada,
convertido en ley de la
República según se dijo, que incluye los instrumentos
procesales para la lucha contra las redes criminales.
Al compartir experiencias con el Procurador Nacional
Antimafia de Italia Pietro Grasso, fue claro al señalar que la lucha contra
la mafia en su país afrontó idénticos problemas que los nuestros, por lo que
ofreció toda la cooperación y experiencia para instruir a la Fiscalía Adjunta
Contra el Crimen Organizado, lo que se hizo en mayo y junio de 2.008. Así
mismo ofreció ayuda para formar a los policías de la correspondiente Sección
en el Organismo de Investigación Judicial. Esta última, como ya se indicó, es
tarea pendiente para el O.I.J.
m).- Legitimación de capitales:
La Fiscalía Adjunta
Contra el Crimen Organizado atiende, entre otros casos, las redes de
legitimación de capitales derivados del narco-tráfico. Sin embargo, el
blanqueo de dinero, de conformidad con la ley vigente es el que proviene de
la comisión de cualquier delito grave, en razón de lo cual el Ministerio
Público abrió estas investigaciones a otras materias, de modo que ahora se
atienden asuntos de legitimación de capitales derivados de fraudes, robo de
vehículos, sicariato, trata de personas y delitos económicos. Además, ahora
no esperamos a resolver el hecho principal para después investigar la
legitimación de capitales, sino que procedemos simultáneamente. En otras
situaciones actuamos preventivamente, como en conocido caso Quintavalle, en
el que sin esperar denuncia, tanto el Ministerio Público como el Instituto
Costarricense sobre Drogas habíamos iniciado las investigaciones.
n).- Situaciones de crisis:
Ante la ausencia de legislación para atender
situaciones de crisis, por primera vez ejercí la potestad del Fiscal General
de la República
de emitir una instrucción general, en este caso la 01-05, vinculante para
todas las autoridades policiales del país, para la atención de eventos
críticos. Sin embargo urge la aprobación de una ley o de al menos un decreto
que solvente la laguna del ordenamiento en este caso.
ñ).- Propiedad intelectual:
Las ofensas contra la propiedad intelectual son
protegidas por el Ministerio Público en un marco más amplio que el
Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, pues en tanto
dicho país solamente interviene cuando el delito se relaciona con terrorismo,
narcotráfico o lavado de dinero, en Costa Rica se actúa frente a esos
supuestos y además, cuando los artículos falsificados ponen en peligro la
salud de las y los consumidores. El resto de los asuntos deben tramitarse
mediante querella o por conversión de la acción pública en privada.
o).- Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano:
Por casi tres años ejercí, en mi condición de Fiscal
General, la presidencia del Consejo de Ministerios Públicos Centroamericano,
y la OATRI es
desde hace dos años la Secretaría Técnica
pro tempore. De aquí partirá la coordinación y políticas para perseguir y
castigar el crimen transnacional en el istmo.
p).- Gestión y
recepción de ayuda de las Embajadas de Italia,
Gran Bretaña, Francia, Estados Unidos de América, España y de Colombia. La Embajada de Italia
junto con UNICRI y PANIAMOR, nos donó el software para enlazar con la Fiscalía de
Delitos Sexuales de San José, todas las causas del país en esta materia. La Embajada de Gran
Bretaña donó el equipo y capacitación para entrevistas de víctimas de delitos sexuales, para evitar su
re-victimización y hace meses se utiliza con buen suceso en San José; y una
segunda donación consistió en un Taller sobre recuperación de dineros
comisados y decomisados en materia de legitimación de capitales. La Embajada de los Estados
Unidos de América ha contribuido con la donación de equipos para la
persecución de los delitos sexuales, así como con capacitación. Hemos
recibido también donaciones y capacitación de las Embajadas de Francia,
España y Colombia.
q).- Establecimiento
reciente de relación con la
Embajada China, con la que se
hacen los preparativos para suscribir un Convenio con el Ministerio Público
de ese país, que nos permita mayor eficacia en la lucha contra el trasiego,
explotación sexual y la esclavitud de inmigrantes de esa nacionalidad.
r).- Hemos
participado activamente en foros internacionales con UNODC, ILANUD y el Fondo Monetario Internacional en materia de
combate al terrorismo, a la corrupción y a la legitimación de capitales.
s).- Equipos de
investigación con autoridades extranjeras: Por
primera vez se ejerció la potestad del Fiscal General de integrar equipos
conjuntos de investigación con autoridades extranjeras, de conformidad con el
artículo 65 del Código Procesal Penal, para lo cual se firmaron acuerdos para
casos concretos.
t).-
Investigaciones en el exterior: Gracias al Poder
Legislativo, que incluye en la
Ley de Presupuesto Nacional una partida de gastos
confidenciales de la Fiscalía General, desde 2.005 se han logrado
avances importantes en investigación en el extranjero. La globalización de la
criminalidad, que llegó primero, ha obligado a ir más allá de las fronteras a
investigar o a recabar prueba. Así, hay Fiscales que han estado en esa misión
en Guatemala, Nicaragua, Panamá, Colombia, Ecuador, Las Antillas, Miami, New
York, Washington, Gran Bretaña, Alemania, Francia e Italia. Esto nos ha
convertido en un Ministerio Público relativamente poderoso, pues la mayor
fortaleza, por encima de instalaciones adecuadas que siempre son necesarias,
está la capacidad de maniobra y de reacción frente al delito.
u).- Atención de demandas por violación de derechos humanos:
Por primera vez, el Ministerio Público patrocinó al
gobierno de Costa Rica en una causa ante la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos en Washington,
concretamente en el caso Nicaragua vs. Costa Rica, por la desafortunada
muerte del ciudadano nicaragüense Natividad Canda Mairena, por el ataque de
dos perros en Cartago. En esta oportunidad la Embajadora de Costa
Rica en México Gioconda Úbeda tuvo a su cargo la defensa procesal, en tanto a
mí, en mi condición de Fiscal General, me correspondió la defensa de fondo.
Con ello el Ministerio Público contribuyó a la absolutoria a favor de nuestro
país, constituyendo una victoria judicial internacional celebrada por el
pueblo costarricense. La Cancillería ha solicitado al Poder Judicial,
autorización para que el Ministerio Público colabore en este tipo de procesos
siempre que así lo requiera el Ministro de Relaciones Exteriores.
v).- Conformación
de un equipo de trabajo interinstitucional: Por iniciativa de la Fiscalía General
de la República,
la cual fue compartida posteriormente por la Procuradora General
Ana Lorena Brenes, conformamos la Comisión
Interinstitucional, a la que asiste también la Contralora General
de la
República Rocío Aguilar. Nos reunimos periódicamente para
coordinar las investigaciones y casos que, conjuntamente abordados, permiten
disminuir el tiempo de investigación y eliminar la duplicidad, así como
evitar la prueba ilegal para los procesos penales.
2.3. Estado de los proyectos pendientes de
concluir
Dentro
de los principales proyectos pendientes de concluir se encuentra el Proyecto
para el fortalecimiento de la Administración de Justicia, financiado con
fondos del Banco Interamericano de Desarrollo.
Este
Proyecto aprobado mediante Ley 8273 del 18 de enero de 2002, comenzó su
ejecución a partir del nombramiento del Gerente del Componente Ministerio
Público el 15 de enero de 2003, según consta en sesión 04-2003 del Consejo
Superior del Poder Judicial.
Tal y
como se ha indicado en anteriores apartes el Ministerio Público ha cumplido
con los objetivos de la Ley
del Préstamo, a saber: el fortalecimiento de la capacidad de investigación y
persecución de los delitos para la adecuada implantación del nuevo Código
Procesal Penal, por medio de los cuatro componentes: Mejoramiento gerencial y
de la planificación estratégica, mejoramiento de la gestión de las fiscalías,
atención a las víctimas de delitos y fortalecimiento del recurso humano. Lo
cual se ha logrado entre otras acciones con adquisición de equipo,
capacitación en Gerencia, Maestría de Fiscales, sensibilización en materia de género,
protocolos de atención a víctimas de delitos sexuales, elaboración de
manuales sobre diferentes materias, etc.
En la actualidad únicamente falta por ejecutar el proyecto de gestión
al cual fue necesario salir de manera conjunta con el resto de
componentes, lo cual significó un
atraso importante.
En
sesión No. 57-08 del 5 de agosto del 2008 artículo XVI, El Consejo Superior
del Poder Judicial acordó adjudicar la licitación pública a la empresa Indra
Sistemas S.A, firmándose el respectivo contrato el 2 de septiembre de 2008,
aquel contrato tiene por objeto el Rediseño de Procesos de la Gestión de las
Fiscalías del Ministerio Público, el rediseño de procesos de la labor del
defensor(a) de la
Defensa Pública y el desarrollo de Herramientas
informáticas para el Ministerio Público, Defensa Pública y su articulación
con el Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales.
Esta
contratación inició el 12 de enero del 2009, aprobándose el plan de trabajo o
proyecto el día 8 de enero del 2009, único producto recibido y aprobado por
el grupo contraparte técnico del Ministerio Público, durante ese año dos mil
nueve hubo una serie de incumplimiento de la empresa Indra con los tiempos y
la calidad de los productos entregados de conformidad con los términos de
referencia, hasta que el 3 de noviembre de aquel año, por parte de la Unidad Ejecutora
del Programa se puso en conocimiento la resolución del procedimiento de
resolución contractual y ejecución de garantía de cumplimiento.
Para el
3 de diciembre del 2009, la Comisión de Seguimiento, acordó escuchar a los
representantes de la empresa Indra Sistemas, generándose el 2 de febrero del
2010 el acuerdo de generar una carta de entendimiento para lograr llegar a la
finalización del proyecto sin desmejorar el objeto del contrato y sin
modificar el monto de aquella contratación. Lo anterior trajo como
consecuencia que la
Comisión de Seguimiento en sesión No. 4-10 del 9 de febrero
del 2010, dispuso recomendar al Consejo Superior la continuación de la
contratación, lo cual fue acogido por el Consejo Superior en sesión número
15-10 del 18 de febrero del 2010, en el artículo VIII.
Con
base en lo anterior, se comenzó a ejecutar nuevamente las actividades en pro
de la presentación de los productos contratados, sin embargo a la fecha han
sido rechazados por el grupo contraparte técnico todos los productos
presentados al Ministerio Público por la empresa, por problemas de calidad e
incumplimiento en los términos de referencia, estando en ejecución y en
espera de una decisión del Comité Gerencial a partir del día 26 de julio en
adelante y muy posible de la propia Comisión de Seguimiento.
2.4. Principales acciones por realizar para la
buena marcha de la
Fiscalía General
Es imperativo defender la completa independencia del
Ministerio Público en el diseño y ejecución de la política de persecución
penal, lo que ya está declarado por la Sala Constitucional
de la Corte Suprema
de Justicia en la sentencia 2009-12090. En esta sentencia se reafirma lo
establecido por la ley, en punto a la completa independencia del Fiscal
General en esta tarea.
3. CAMBIOS EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO DEL ENTORNO QUE HAN AFECTADO EL QUEHACER INSTITUCIONAL
Y DE LA DIVISIÓN
3.1.
Promulgación de Leyes:
3.1.1 Ley 8292 Ley de Control Interno. Gaceta 169 del 4 de setiembre de 2002.
3.1.2 Ley 8422 contra La Corrupción y
el Enriquecimiento ilícito en la función pública. La
Gaceta Nº 212 —
Viernes 29 de octubre del 2004.
En relación con esta ley cabe resaltar que en la
actualidad se encuentra trabajando en una revisión y propuesta de reforma a dicha ley una
comisión interinstitucional en la que participan la Contraloría General
de la República,
la
Procuraduría General de la República, el
Instituto Costarricense contra Drogas, el Ministerio de Justicia y el
Ministerio Público. Esta Comisión expuso un primer avance de su trabajo en el
4to Congreso Nacional de Gestión y Fiscalización de la Hacienda Pública,
realizado el 30 de junio de 2010, en el Hotel Barceló San José Palacio. Entre
las reformas se sugiere la inclusión de algunos puestos no descrito en el
aparte de incompatibilidades, asimismo se valora la creación de una norma
general que recoja los supuestos de incompatibilidad y prohibición y unifique
la normativa que se encuentra dispersa en varios cuerpos legales. En relación
con los tipos penales se pretende simplificar o aclarar aquellos tipos que
han provocado problemas en su aplicación en los casi seis años de vigencia de
la Ley 8422.
3.1.3 Ley 8589 Penalización de
la violencia contra las mujeres
Gaceta 103 del 30 de mayo de 2007.
3.1.4 Ley
8630. Deroga el 343 bis Ofrecimiento u otorgamiento de dádiva y adiciona 345 bis que agrega
circunstancias al delito de cohecho. Gaceta 15 febrero de 2008. Con esta reforma se
agregaron dos circunstancias para la aplicación de las penas del delito de
cohecho, incluyendo la dádiva solicitada por el funcionario, asimismo
se incluye la utilización de la posición del funcionario público como tal,
aunque el acto sea ajeno a su competencia autorizada. Esta reforma obliga a
determinar casos límite entre concusión y el tráfico de influencias.
3.1.5 Ley 8696 reforma ley de
tránsito Alcance No. 55 a la Gaceta 248 del 23 de
diciembre de 2008.
3.1.6 Ley 8720 Ley de
protección a víctimas, testigos y demás sujetos intervinientes en el
proceso penal, reformas y adición al código procesal penal y al código penal.
Gaceta 77 del 22 de abril de
2009.
3.1.7 Ley 8719 Fortalecimiento de la legislación
contra el terrorismo Gaceta 52 del 16 de marzo
de 2009
3.1.8 Ley 8754 contra la Delincuencia Organizada, Gaceta 143 Alcance No. 29 del
24 de julio de 2009
4. ESTADO DE LA AUTOEVALUACIÓN DEL
SISTEMA DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL.
4.1
Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y evaluar al
sistema de control interno del Ministerio
Las medidas y acciones tomadas durante la gestión que
finaliza se han basado en el análisis de la situación imperante y la
información obtenida mediante el proceso de autoevaluación, que en última instancia
ha propiciado información e insumos para el mejoramiento y para la toma de
decisiones oportunas.
Lo anterior acorde con la Ley General de Control Interno N°8292, que busca el impulso o
fortalecimiento de los mecanismos de control, así como el desarrollar medidas
y acciones para maximizar la
utilización de los recursos públicos institucionales.
Dentro del ámbito de competencia cada despacho u
oficina del Ministerio Público realiza anualmente las autoevaluaciones del
Sistema de Control Interno, y a
nivel general se el taller conjunto de revisión del resultado de las mismas,
todo lo que permite identificar y corregir las acciones que obstaculicen el
cumplimiento de los objetivos de nuestra organización.
Análisis
A continuación se detalla para cada uno de los componentes
funcionales las acciones y medidas más significativas emprendidas, así como
las propuestas acciones por realizar
4.1.1 Ambiente
de Control
De lo realizado:
i.
Desde
el inicio de la gestión agilizar los concursos de nombramientos en propiedad
de las plazas de Fiscales, principalmente de los Fiscales Auxiliares.
ii.
Generar
lo movimientos internos que hayan sido necesarios para procurar un situación
favorable a la realización del trabajo, tanto de los profesionales como de
los despachos, en esencial debido a situaciones de salud o de carácter
familiar, siempre en procura de no afectar el servicio público como eje
primordial.
iii.
Dada
la necesidad de oferentes de Fiscal Auxiliar con todos los requerimientos, en
especial por la poca cantidad de profesionales que ganaron los exámenes de
selección, se ha generado una pequeña bolsa de profesionales que contribuya a
cubrir las necesidades de sustituciones de carácter temporal, esencialmente
en periodos cortos.
iv.
Promovido en coordinación
con la Unidad
de Control Interno la realización
de curso de control interno que subsanara los vacíos por desconocimiento de
los términos y aplicación normativa.
v.
Iniciar
la elaboración de un mecanismo para la evaluación de las Fiscalías donde se
consideren tanto los aspectos cualitativos como los de cantidad.
vi.
Apoyar
y realizar gestiones ante las instancias superiores del Poder Judicial a las
para el reconocimiento de plus salariales, riesgos asociados al ejercicio de
la labor de los Fiscales. Para el
caso de los anteriores "Auxiliares Judiciales Coordinadores", el apoyo en los
trámites por reconocimiento de asumir la responsabilidad de la coordinación y
asistencia en la administración del
despacho. Hoy el puesto se
denomina Asistente Judicial con un sueldo mayor de acuerdo a
responsabilidades y funciones.
vii.
Mantener
una actitud ética que sirva de ejemplo a nivel interno como externo en las
Fiscalías, comenzando por el despacho de la Fiscalía General
de la República.
viii.
Dar
mayor importancia y preponderancia al Consejo Fiscal en el asesoramiento de
la definición de políticas de persecución penal como en el abordaje de otros
temas y situaciones de interés institucional para el Ministerio Público. Con ello los y la Fiscales Adjuntos(as)
tiene potestad de toma de decisiones y la ejecución de las metas
establecidas, esto en la materia, ámbito y territorio de su competencia.
ix.
Haber
iniciado gestiones y coordinación para la creación de una plataforma informática integrada que recopile la información de
los casos a nivel nacional
x.
En acatamiento de las
Normas de Control Interno para el Sector Público N-2-2009-CO-DFOE, aprobadas
mediante resolución del Despacho de la Contralora General
de la República Nº-R-CO-9-2009
del 6 de enero de 2009, publicadas en la Gaceta No. 26 del 6 de
febrero de 2009, la Fiscalía General emitió la Circular 08-ADM-2010,
del 15 de marzo de 2010.
Por realizar:
- Propiciar por
parte de la Corte
una revisión de la política de disponibilidad de los Fiscales y de dotar
de mayores condiciones y recursos para la Fiscalía de
Turno Extraordinario.
- Promover la modificación de la Ley Orgánica
del Ministerio Público que le brinde rango constitucional, le brinde
independencia administrativa y le fortalezca en todos los ámbitos,
materias y el desarrollo de su labor en general.
- Continuar con el fortalecimiento y mayor
impulso al Consejo Fiscal como órgano relevante para el Ministerio
Público y una mayor facultación a los(as) Fiscales Adjuntos(as).
- Dar
continuidad a la elaboración o creación del mecanismo o sistema objetivo
para la evaluación de las Fiscalías donde se consideren tanto los
aspectos cualitativos como los de cantidad.
- Política interna de nombramiento de los
oferentes en plazas de Fiscal Auxiliar a cargo de la Unidad de
Capacitación pero con pasantías en fiscalías específicas, en
Coordinación con la Administración
- Continuar
con la gestiones para la creación de la plataforma informática integrada. que recopile
la información de los casos a nivel nacional.
- Ante la inexistencia de una oficina que
organice y analice la información
total de las causas en el Ministerio Público, propiciar su creación e
instar a la Corte
Plena el otorgamiento del presupuesto necesario para
la creación y funcionamiento de la misma.
4.1.2- Valoración
del Riesgo
De lo realizado:
i.
Transmitir
algunas situaciones e informes de situaciones de riesgos para que se
procuraran medidas inmediatas de seguridad en los locales y edificios donde
se localizan Fiscalías u oficinas del Ministerio Público.
ii.
También favoreció la
creación de los equipos de riesgos en cada despacho.
iii.
Coordinación a través de la Unidad administrativa del
Ministerio Público con la
Unidad de Control Interno
la realización de cursos y la creación de los equipos de riesgos en las
Fiscalías y oficinas del Ministerio Público.
iv.
A
través de la supervisión administrativa la consulta y revisión de los
archivos, carpetas con información de Planes Operativos, Presupuestos,
Valoraciones de Riesgo y principalmente de la realización de acciones para
administrar o mitigar riegos.
Por Realizar:
- Solicitar y tramitar ante el Consejo Superior
implementar y mejorar las medidas de seguridad en todos los edificios y
o locales alquilados donde se localicen las Fiscalías y oficinas del
Ministerio Público, para el aseguramiento no solo de los expedientes y
sus elementos probatorios; sino en especial por la seguridad del personal. Asimismo, la seguridad de los
funcionarios que deben llevar a cabo actividades y diligencias fuera de
las edificaciones.
- Contribuir a que de se de la permanencia y funcionamiento
de los equipos de riesgos en las diferentes Fiscalías, Unidades y
oficinas del Ministerio Público.
Así como de su capacitación y asesoría continua en su labor.
- Dada la falta mayor cantidad
de profesionales distintos a los abogados para los procesos
administrativos y de control de riesgos, propiciar el fortalecimiento y
desarrollo de la Administración del Ministerio Público.
- Proponer bases y
fundamentos de una carrera
fiscal, como un factor de estabilización laboral.
- A nivel interno
del Ministerio Público, elaborar guías o informativos periódicos de
refrescamiento sobre el tema en coordinación con la Oficina de Riesgos
del Poder Judicial. Además de que
ello sirva para una mayor vinculación con la planificación
institucional.
4.1.3- Actividades
de Control
De lo realizado:
i.
Generación de circulares
y directrices que contribuyen a mejorar la custodia de la evidencia,
expedientes de la oficina y de activos o recursos públicos en general; así
como tomar conciencia al personal
sobre la responsabilidad que tienen.
ii.
La Fiscalía
General designo en la Fiscalía Adjunta
de Control y Gestión la realización de estudio analítico de los informes y
los controles administrativos que deben llevar y suministrar las Fiscalías y
oficinas del Ministerio Público, para valorar la
utilidad, pertinencia y necesidad ante la posible duplicidad de los actuales
sistemas de control.
iii.
Realización de actividad
anual pública de informe y rendición de cuentas especifica de la Fiscalía general
de la República
en acto con presencia de representantes de supremos poderes y en especial de
la comunidad en general.
iv.
Lineamientos
permanentes para controlar la atención a los usuarios en los diferentes
despachos judiciales.
Por Realizar:
- Dar continuidad
a la definición de lineamientos a las actividades de control que
correspondan y sobre todo de concienciar al personal sobre la
responsabilidad que tienen por la custodia de la evidencia y expedientes
de la oficina, como del uso de los recursos públicos.
- Retomar los
resultados del estudio de informes y los controles, efectuado por la Fiscalía Adjunta
de Control y Gestión, para definir pertinencia y necesidad de los
mismos, tomando medidas que eliminen duplicidades de los sistemas
prevalecientes.
- Simplificar el sistema de recopilación
de información estadística y se debe de dotar de los recursos necesarios
para su correcto funcionamiento.
- Continuidad en
rendición de informe y cuentas a nivel público por parte del Fiscal
General como responsable máximo del Ministerio Público.
- Continuar con el control
de la atención a los usuarios en los diferentes Fiscalías y Oficinas del
Ministerio Público.
4.1.4- Sistemas de
Información
De lo realizado:
i.
Creación,
funcionamiento y mejora del Sitio Web del Ministerio Público.
ii.
Propiciado
ante las instancias del Departamento de Tecnología de la Información
del Poder Judicial el mejoramiento de
los servicios de comunicación con Intranet
e Internet para la
Fiscalías y oficinas del Ministerio Público.
iii.
Gestionar
ante el Consejo Superior que se promuevan los mecanismos de comunicación
informáticos que faciliten la ubicación de datos que requieran los usuarios
internos y externos.
iv.
Identificar
la información que se requiere hacer del conocimiento del personal e
implementar un sistema que garantice que llegará dicha información a los
destinatarios en forma oportuna.
Por Realizar:
- Concretizar
los proyectos de mejora y actualización del Sitio Web del Ministerio
Público.
- Gestar la Creación de una oficina de Estadística
especifica para el Ministerio Público.
- Simplificación de los informes y que haya una
instancia o funcionario(a) que analice dichos informes para la toma de
decisiones.
- Definición
de una política integral de comunicación.
- Identificar
la información que se requiere hacer del conocimiento del personal e
implementar un sistema que garantice que llegará dicha información a los
destinatarios en forma oportuna.
- Simplificar el sistema de recopilación
de información estadística y se debe de dotar de los recursos necesarios
para su correcto funcionamiento.
4.1.5- Seguimiento
De lo realizado:
i.
Se ha
dado la evaluación periódica de los Planes Operativos y las observaciones,
ajustes o toma de las medidas
correctivas, para que al final de cada año se logren las metas.
ii.
Promovido
las mejoras a la ejecución del presupuesto de nuestro programa para la
entrega oportuna de los bienes presupuestados.
iii.
Procurado
revisar y actualizar las circulares y lineamientos emitidos por la Fiscalía General.
Por Realizar:
- Gestionar
al Consejo Superior para que solicite
a los Departamentos técnicos
especializados que brinden plazos razonables para la realización y
revisión de informes.
- Dar
continuidad a la revisión de los informes de los despachos judiciales.
- Necesidad de
continuar con la revisión y actualización de circulares y lineamientos
de la Fiscalía
general.
- Dar seguimiento al
cumplimiento de las circulares emitidas por la Fiscalía General.
5. ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS
ASIGNADOS.
Para los periodos
presupuestarios comprendidos entre los años
2004 al 2009 se autorizaron para el Ministerio Público un total de
¢87.336.658.411,00 en montos diversos para cada periodo como se presenta en
el cuadro que se expondrá a continuación, recursos que fueron ejecutados en
un 95.3%, siendo variable dicho porcentaje para cada año:
PODER JUDICIAL, PROGRAMA 929 MINISTERIO
PÚBLICO
Producto: Actividades de Promoción y Ejercicio de la Acción Penal
Descripción del Producto
|
Años
|
Monto Autorizado o Presupuestado
(en ¢)
|
Monto Ejecutado
(en ¢)
|
Porcentaje de Ejecución
(%)
|
|
1. actividades de promoción y Ejercicio de la Acción Penal
|
2004
|
8.128.365.383,00
|
7.991.547.022,19
|
98.3 %
|
|
|
2005
|
10.085.640.120,00
|
9.736.250.745,79
|
96.5 %
|
|
|
2006
|
11.752.621.000,00
|
11.480.073.228,98
|
97.7 %
|
|
|
2007
|
13.601.600.000,00
|
13.396.815.795,13
|
98.5 %
|
|
|
2008
|
19.133.522.908,00
|
17.697.786.849,33
|
92.5 %
|
|
|
2009
|
24.634.909.000,00
|
22.939.091.507,39
|
93.1%
|
|
Total General
|
--
|
87.336.658.411,00
|
83.241.565.148,81
|
95.3%
|
Fuente: Elaborado con información suministrada por el Departamento Financiero
y la prevaleciente en los informes de evaluación de actividad y financieros
del programa 929 Ministerio Público.
En el periodo presupuestario 2007 se dio
un mayor nivel porcentual de ejecución (98.5%) coincidiendo que en dicho año
se inicio la puesta en marcha del Plan Estratégico Quinquenal 2007-2011 del
Ministerio Público.
Es importante mencionar que para la ejecución de la Ley de Protección a Víctimas
y Testigos, se aprobó a finales del año 2009 un presupuesto extraordinario
por la suma de ¢995.161.142,00 para la
atención de las necesidades de dicha oficina respectiva, sin embargo dichos
recursos fueron cargados presupuestariamente en el último bimestre del año,
lo cual dificultó en gran manera la ejecución del mismo.
Cabe destacar que no se incluye el año 2003 por cuanto
se manejaba el presupuesto del Poder Judicial como un solo programa y en
especial la partida de remuneraciones estaban consolidados los montos de lo
aprobado como también en lo montos ejecutados.
Para
el año 2010 la suma autorizada llega a la cantidad de
¢31.443.742.000,00 siendo que para el primer semestre se ha logrado ejecutar
el 44.1% del presupuesto del programa 929 Ministerio Público, lo que arroja
un avance dentro de los parámetros normales de ejecución global del primer
semestre en los últimos años:
PODER JUDICIAL, PROGRAMA 929 MINISTERIO
PÚBLICO
Presupuesto Aprobado para 2010 y Ejecutado al I
Semestre
Descripción del Producto
|
Años
|
Monto Autorizado o Presupuestado
(en ¢)
|
Monto Ejecutado
(en ¢)
|
Porcentaje de Ejecución
(%)
|
|
1. actividades de promoción y Ejercicio de la Acción Penal
|
2010
|
31.443.742.000,00
|
13.869.807.247,89
|
44.1 %
|
|
Fuente: Elaborado con información suministrada por el Departamento
Financiero Contable del Poder Judicial.
5.1 Desempeño de la Ejecución
Por constituir una institución pública fundamentalmente de
servicios la partida general de "Remuneraciones"
es la más relevante en los últimos cuatro años tanto en el monto autorizado o
presupuestado con un promedio 93% del presupuesto anual total y de igual
manera en la ejecución del mismo se ha
venido dando una aplicación del 98.5%.
En cuanto a las partidas de tipo operativo ( "Servicios", "Materiales y Suministros",
"Bienes Duraderos"), dentro de las subpartidas con mayor desempeño
podemos destacar la ejecución de: 1.05.01 "Transporte Dentro del País" y 1.05.02 "Viáticos Dentro del País" por
medio de las cuales se cancelaron viáticos y transporte a funcionarios del
Ministerio Público a nivel nacional; además de gestionarse ayudas económicas
a personas de escasos recursos. Por medio de la subpartida 1.04.06 "Servicios
Generales" se logró gestionar la compra de aspectos como cortinas para
diversidad de Fiscalías y oficinas.
Los fondos de la subpartida 1.08.01 "Mantenimiento de Edificios y
Locales" se emplearon en la contratación para construcción de oficinas, instalación de polarizados, servicio de mano de obra para la pintura de diferentes despachos en espacios
tanto del personal profesional como de apoyo y de las zonas de atención de
usuarios(as).
Otra de las
partidas que presentaron mayor
movimiento son la 1.08.05 "Mantenimiento de Equipo de Transporte" y 2.04.02
"Repuestos y Accesorios", las cuales se emplearon para gestionar la compra de repuestos y la
cancelación del servicio de mano de obra, por la reparación de los diferentes
vehículos y motocicletas pertenecientes al Ministerio Público, lo anterior
por cuanto estos representan insumos necesarios e indispensables para el
desempeño de funciones y realización de las diversas diligencias
de investigación, como lo es el traslado de evidencias y armas, ya sea al
Depósito de Objetos o al Arsenal; o bien
desplazarse a realizar inspecciones, allanamientos, entre muchas
otras. A su vez, con la 10807
"Mantenimiento de Equipo de Oficina"
se utilizó en la reparación de
equipos como escritorios, cepillos eléctricos, fotocopiadoras, fax, y una
gran diversidad de equipo menor.
Dentro de los gastos que destacan en la sub partida 2.99.04 "Textiles y Vestuarios"
se destaca la compra de capas, botas y oro tipo de vestimenta para oficiales
de citación y localización, Fiscales y demás personal que lo requiera de
acuerdo a la función que cumplen, así como banderas distintivas entre otros.
Por medio de la subpartida 5.01.02 "Equipo de Transporte"
se logró adjudicar la compra de vehículos sedán, carga liviana y
motocicletas, aires acondicionados para las unidades. Los recursos en la
subpartida 5.01.04 "Equipo y Mobiliario de Oficina", se utilizaron en la adquisición de escritorios,
archivadores, juegos e muebles, bibliotecas, mesas, sillas, cajas de
seguridad para el resguardo de documentación y/o títulos valores, además de
confeccionar estantería variada para la ubicación de expedientes, lo que
permitió brindar mayor confidencialidad y seguridad al personal profesional y
auxiliar. En cuanto a los recursos de la subpartida 6.02.01 "Becas a
Funcionarios" se utilizaron para cubrir gastos de funcionarios que
actualmente cursan maestrías de acuerdo a lo programas de becas existentes en
el Poder Judicial.
En general los montos y porcentajes de la
ejecución presupuestaria expuesta reflejan el empleo eficiente y eficaz de
los recursos asignados al Ministerio
Público.
6. ESTADO ACTUAL
DE CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA,
AUDITORÍA INTERNA O ALGÚN OTRO ÓRGANO DE CONTROL INTERNO.
En relación con el estado
actual de cumplimiento de las recomendaciones de la Contraloría General
de la República,
la Auditoría
interna o algún otro órgano de control interno, realizada la revisión
respectiva en la
Fiscalía General,
así como la consulta a los órganos de control (oficio No FGR 608-2010
del 23 de julio de 2010 dirigido a la Gerencia de
Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General
de la República),
así como correo remitido a la Auditoría del Poder Judicial, vemos que en este
momento únicamente se encuentran pendientes de cumplimiento las disposiciones
giradas a la
Fiscalía General de la República en el Estudio denominado "Evaluación
de Gastos Confidenciales de la Institución otorgados al Ministerio Público." Específicamente
las contenidas en los numerales 4.3 y 4.4,
debido a que requieren la emisión de lineamientos de manera conjunta
con el Organismo de Investigación Judicial y el Departamento de Planificación
del Poder Judicial, sobre las cuales se está trabajando.
7. ENTREGA
FORMAL DE ACTIVOS CUSTODIADOS POR LA FISCALÍA GENERAL
8-ANEXOS
a.
Inventario de bienes a
cargo del Despacho del Fiscal General
b.
Logros alcanzados de
conformidad con el Plan Estratégico quinquenal.
|