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Ministerio Público
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¿DÓNDE DENUNCIAR?

Si reside en  Costa  Rica  y quiere interponer una denuncia de carácter penal puede hacerlo en las oficinas o fiscalías del Ministerio Público,  en  horario de 7:30 hrs a 16:30 hrs; luego de este horario puede acudir a la delegación  del Organismo de Investigación Judicial más cercana. 

Para   mayor  información sobre  la  Competencia Territorial del Ministerio Público presione  con el  Click para acceder

 

¿QUIÉN PUEDE RECURRIR  AL MINISTERIO PÚBLICO?

 

Cualquier persona (nacional o extranjera) en territorio costarricense que haya sido agraviado o agraviada, en sus derechos, salud, propiedad y otras causales previstas en nuestro Código Penal, Leyes Especiales y demás  cuerpos normativos  que regulen bienes jurídicos regulados  por  el área penal.

 

¿CÓMO PRESENTAR  UNA DENUNCIA PENAL?

 

La denuncia la puede presentar el agraviado o agraviada, en papel simple, ser tomada en el acto  por  un funcionario judicial constando  de dos partes: En la primera, debe anotar sus  datos generales de ley (nombre y apellidos, número  documento de identidad, domicilio, actividad o profesión, etc.); y en la segunda, indicar el derecho violado y relatar los hechos de manera sencilla, especificando el lugar donde se cometió el delito y la persona o institución a la que se denuncia.

 

Se pueden interponer denuncias en cualquiera de las siguientes fiscalías especializadas: Click para acceder

 

 

¿CUÁNTO SE DEBE DE  PAGAR POR  EL SERVICIO?

No se requiere pago alguno para presentar una denuncia y no es necesario contar con los servicios de un abogado. El trámite del servicio en el Ministerio Público es gratuito.

¿CÓMO SABER EL ESTADO  DE  UNA DENUNCIA?

 

El Ministerio Público cuenta con un sistema Informático a través del cual el interesado puede  presentarse  al despacho correspondiente y hacer el seguimiento a su denuncia y obtener la localización inmediata del expediente, según el nombre de la persona agraviada o denunciada, tipo de delito y procedencia.

 



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