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¿DÓNDE DENUNCIAR?
Si reside en Costa
Rica y quiere interponer una
denuncia de carácter penal puede hacerlo en las oficinas o fiscalías del
Ministerio Público, en horario de 7:30 hrs
a 16:30 hrs; luego de este horario puede acudir a
la delegación del Organismo de
Investigación Judicial más cercana.
Para mayor
información sobre la Competencia Territorial del Ministerio
Público presione con el Click para acceder
¿QUIÉN PUEDE RECURRIR
AL MINISTERIO PÚBLICO?
Cualquier persona (nacional o
extranjera) en territorio costarricense que haya sido agraviado o agraviada,
en sus derechos, salud, propiedad y otras causales previstas en nuestro Código
Penal, Leyes Especiales y demás
cuerpos normativos que regulen
bienes jurídicos regulados por el área penal.
¿CÓMO PRESENTAR
UNA DENUNCIA PENAL?
La denuncia la puede presentar
el agraviado o agraviada, en papel simple, ser tomada en el acto por
un funcionario judicial constando
de dos partes: En la primera, debe anotar sus datos generales de ley (nombre y apellidos,
número documento de identidad,
domicilio, actividad o profesión, etc.); y en la segunda, indicar el derecho
violado y relatar los hechos de manera sencilla, especificando el lugar donde
se cometió el delito y la persona o institución a la que se denuncia.
Se
pueden interponer denuncias en cualquiera de las siguientes fiscalías
especializadas: Click para acceder
¿CUÁNTO SE DEBE DE
PAGAR POR EL SERVICIO?
No se requiere pago alguno para presentar
una denuncia y no es necesario contar con los servicios de un abogado. El
trámite del servicio en el Ministerio Público es gratuito.
¿CÓMO SABER EL ESTADO
DE UNA DENUNCIA?
El Ministerio Público cuenta con
un sistema Informático a través del cual el interesado puede presentarse
al despacho correspondiente y hacer el seguimiento a su denuncia y
obtener la localización inmediata del expediente, según el nombre de la persona
agraviada o denunciada, tipo de delito y procedencia.
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