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¿Que es la suspensión del procedimiento a prueba?
Cuando
se aplica la suspensión del
procedimiento a prueba, la persecución penal contra una persona se suspende siempre y cuando se realicen ciertos presupuestos y
requisitos, al cabo de los cuales, y en caso de cumplirse, se extingue la
acción penal mediante el dictado de una sentencia de sobreseimiento
definitivo con carácter de cosa juzgada formal (artículo 30 inciso f) en
relación con el 311 inciso d) C.P.P).
Consiste
en que el imputado presenta ante el juez la solicitud de suspender el
procedimiento, aceptando someterse a un plan de reparación del daño causado
por el delito y a una o varias reglas de conducta que el artículo 26 de este
Código indica.
El plan de reparación puede consistir en conciliarse con la víctima, en
reparar naturalmente el daño causado (ejemplo: devolviendo la cosa hurtada,
retenida o mal habida) o haciendo una reparación simbólica (ejemplo: pagando
el precio equivalente de la cosa objeto del conflicto). La reparación puede ser
inmediata (un solo pago) o a pagos.
Las condiciones que establece el artículo 26, citado, son:
a) Residir en un lugar determinado
b)
Frecuentar determinados lugares o personas
c)
Abstenerse de consumir drogas o estupefacientes, o de abusar de las bebidas
alcohólicas
d)
Participar en programas especiales de tratamiento con el fin de abstenerse de
consumir drogas, bebidas alcohólicas o cometer hechos delictivos.
e)
Comenzar o finalizar la escolaridad primaria si no la ha cumplido, aprender
una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la
institución que determine el tribunal.
f)
Prestar servicios o labores a favor del Estado o instituciones de bien
público.
g)
Someterse a un tratamiento médico o psicológico, si es necesario.
h)
Permanecer en un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el tribunal
determine, un oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios
de subsistencia.
i)
Someterse a la vigilancia que determine el tribunal.
j)
No poseer o portar armas.
k)
No conducir vehículos
El imputado puede proponer otras reglas de conducta semejantes a las
anteriores, las cuales se admitirán cuando se estime que resultan razonables.
Requisitos
para la aplicación de la suspensión del proceso a prueba:
A-
Que el imputado sea de limpios antecedentes penales.
B-
Que el delito atribuido tenga una pena mínima igual o inferior a tres años de
prisión (delitos que permitan la suspensión condicional de la pena), ya que
si fuera la pena máxima no aplicaría este instituto.
C-
Que el imputado acepte los cargos.
D-
Que el imputado proponga un plan reparador, que puede ser una conciliación
con el ofendido pagándole una suma de dinero como compensación al daño
sufrido, o de otra naturaleza, como por ejemplo, la reparación natural del daño
causado o una reparación simbólica (deposito de una suma simbólica a una
Institución de Beneficencia), inmediata o por cumplir a plazos.
E-
Que la víctima manifieste el consentimiento, es decir, que esté de acuerdo,
lo cual es un requisito relativamente nuevo, ya que hasta hace algún tiempo
atrás no existía.
F-
Fijación de un plazo de prueba al imputado de entre dos y cinco años.
Procedimiento
para la aplicación de la suspensión del proceso a prueba:
Se
celebra una audiencia oral frente al Juez Penal, donde se escuchan las
propuestas de las partes. Después de
valoradas, el Juez decide lo que según su criterio corresponda, si admite o
no la suspensión del proceso a prueba.
De
admitirse la aplicación de este instituto, la primera condición que le impone
al imputado, es que se abstenga de cometer delitos dentro de un periodo de
entre dos y cinco años, después le impondrá adicionalmente una o varias
condiciones de las descritas en el artículo 26 del C.P.P. Si el imputado no cumple con las
condiciones impuestas, se le podrá revocar el beneficio.
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