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Ministerio Público
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Circulares sobre política de persecución penal

emitidas por la Fiscalía General de la República
durante el año 2006

 CIRCULAR Nº

TEMA

13-06

·          Allanamientos y compras controladas en casos relacionados con el tráfico de drogas. Pronunciamiento de la Comisión de Asuntos Penales: El allanamiento de morada u otros lugares habitados constituye una medida que afecta derechos fundamentales, razón por la cual ha de ser ordenada por el juez competente quien desde luego, debe valorar las motivaciones de la solicitud planteada por el Ministerio Público y determinar si concurren elementos de juicio suficientes que justifiquen la lesión de tales derechos. Por su parte, las compras controladas de droga no importan lesión de derechos fundamentales por lo que no requieren ser autorizadas por un juez. Se trata de actos de investigación con los que se pretende determinar si una persona se dedica a la venta de sustancias ilícitas, mediante la compra -no provocada- que realiza la policía, por sí misma o sirviéndose de colaboradores, al individuo del que según se tiene noticia, está ejerciendo la actividad delictiva y previa realización de ciertos actos investigativos (vigilancias, observaciones, seguimientos). Por su propia naturaleza, no requieren entonces la presencia de jueces, fiscales o defensores y pueden ser hechos por la policía, actuando bajo la dirección funcional del Ministerio Público.

14-06

Reglas para el manejo de detenidos en materia de violencia doméstica:

  • Cuando un Juez de Violencia Doméstica remita al Ministerio Público a un agresor doméstico detenido por haber cometido un delito al tiempo de violar la Ley Contra la Violencia Doméstica, se iniciará la investigación de conformidad con los procedimientos establecidos en el Código Procesal Penal.
  • En el supuesto del parágrafo anterior, se analizará la procedencia de las medidas cautelares previstas por la legislación procesal penal y de estimarse procedentes, se solicitarán al Juez Penal.
  • Cuando un Juez de Violencia Doméstica remita al Ministerio Público a un agresor doméstico detenido cuya acción agresiva no configure tipo penal alguno, se dispondrá únicamente su inmediata libertad.
  • En el caso del parágrafo anterior, si el hecho configura una contravención, se remitirá el testimonio de piezas a la jurisdicción respectiva.

       En los casos de dos parágrafos anteriores, se formulará la respectiva queja ante la Inspección Judicial para sentar la responsabilidad disciplinaria del Juez de Violencia Doméstica.

15-06

       Circulares puestas en conocimiento durante los años 2004, 2005 Y 2006 por la Secretaría General de la Corte de interés para el Ministerio Público

1.     CIRCULARES RELATIVAS A LA LIBERTAD DE LAS PERSONAS Y AL MANEJO DE DETENIDOS

Deber de indicar en la respectiva boleta de libertad, el motivo de egreso del privado de libertad
Ordenes de captura
Deber de comunicar a los Despachos Judiciales de Materia Penal, cuando se realice traslado de detenidos
 Recomendaciones prácticas sobre prisión preventiva
 Reiteración de la Circular N° 121-01, sobre "Comunicación que deben realizar los despachos que conocen materia penal a diferentes dependencias del Organismo de Investigación Judicial, cuando se decida suspender una diligencia para la cual se había solicitado el traslado de  reos"
Debida comunicación al Organismo de Investigación Judicial de visitas, continuaciones, reconocimientos, juicios, cambio de medidas cautelares entre otros para el debido traslado de detenidos.
Sobre detenciones provisionales
Reiteración de la Circular N° 82-01, Sobre: "Modificaciones al Manual de procedimientos para la emisión de las Órdenes de Libertad, Remisión de Detenidos y Tener a la Orden"
Sobre el traslado de personas detenidas
 Reiteración de la circular 149-2002, "Sobre obligación de  dar pronto trámite a expediente en que se cuente con reo preso"
 Deber de utilizar el formulario F-418 "Solicitud de Captura, Presentación o Citación"
 Obligación de cumplir con las diferentes disposiciones, acuer­dos y circulares emitidas referente a órdenes de captura
 Medidas necesarias a tomar en lo que respecta a prisiones preventivas y otras medidas cautelares que vencen durante el cierre general de vacaciones de fin y principio de año
Modificación al artículo 36 y adición al artículo 80 del Manual de Procedimientos para la contención, conducción e intervenciones corporales de detenidos.
Plazo que deben permanecer los detenidos en las celdas de la Fuerza Pública
Reiteración de la Circular N° 148-2004, Publicada en el Boletín Judicial 227 del 19 de noviembre de 2004, sobre "Modificación a la Circular N° 116-01, sobre directriz a seguir con relación al traslados de privados de libertad al lugar de realización del debate"
Obligación de utilizar la fórmula N°168, confeccionada para comunicar inclusiones y exclusiones de impedimentos de salida del país
 Deber de verificar la  identidad  física de las personas que son privadas de libertad
Obligación de tramitar la aplicación de la prisión preventiva con la mayor celeridad posible.
Indicación del motivo cuando se otorgue orden de libertad

2.       CIRCULARES RELATIVAS A GARANTÍAS PROCESALES
Suspensión de las interven­cio­nes telefónicas a petición de los Fiscales
Intervenciones telefónicas
Los allanamientos de morada
Sobre la causal de inhibitoria por violación al principio de objetividad         jurisdiccional

3.       CIRCULARES RELATIVAS A FORMALIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS
Reiteración de la circular 73-02, sobre "Deberes que deben cumplir los despachos que conocen materia penal"
Recursos de los dictámenes emitidos por el Consejo Médico Forense
Reiteración de la circular 134-01, "Coordinación entre los Tribunales de Justicia y la Dirección General de Adaptación Social, en relación con la Suspensión del Procedimiento a Prueba"
Sobre la aceptación de las medidas de restricción del acceso a la prensa
Deber de adicionar copia al original de las fórmulas F-83 Solicitud de Dictamen Criminalístico y F-137, Solicitud de Dictamen Médico Legal
Deber de recibir las actas levantadas por  las autoridades de policía
 Reiteración de la Circular N° 43-2000 "Levantamiento de Cadáveres"
Reiteración de la Circular N°144-2001 "Casos en los que se debe realizar obligatoriamente la autopsia médico legal."
El formulario F-23 "Inventario de Objetos Decomisados", para su utilización se encuentra informatizado
Deber de corroborar y supervisar constantemente a servidores encargados de realizar conciliaciones bancarias y  registros contables en forma automatizada  para que cumplan con lineamientos recomendados por la Auditoria Judicial.
Recomendaciones para el debido control interno en las cuentas judiciales
Deber de informar al Departamento de Laboratorio  de Ciencias Forenses y de Medicina Legal,  el destino que debe darse a las evidencias analizadas.
Comunicación de las resoluciones finales en procedimientos disciplinarios.
Sobre disponibilidad, a fin de resolver la situación jurídica del imputado.
Reiteración de la circular N°149-05, sobre "Deber de informar al Departamento de Laboratorio de Ciencias Forenses y de Medicina Legal, el destino que debe darse a las evidencias analizadas".
Deber de indicar el destino de un arma de fuego cuando se da por terminado un proceso.

4. CIRCULARES RELATIVAS A MATERIA PENITENCIARIA
Circular 2-2004 del Instituto Nacional de Criminología sobre "El Ingreso de Abogados y Abogadas y de Asistentes", a los Centros Penitenciarios

5.  CIRCULARES RELATIVAS A DIRECCIÓN FUNCIONAL
Código de Ética para el Organismo de Investigación Judicial

6. CIRCULARES RELATIVAS A NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Reiteración de la circular 13-98, Sobre "Reglas prácticas con ocasión de la promulgación del Código de la Niñez y Adolescencia"
Reiteración de las "Reglas prácticas para reducir la Revictimización de las Personas Menores de Edad en los procesos penales, publicada mediante circular 80-2003
 Acceso a la información a los jóvenes mayores de 15 años que laboran como asistentes de abogados
Aclaración de la circular 54-05, sobre "Acceso a la información a los jóvenes mayores de 15 años que laboran como asistentes de abogados"
Política de disponibilidad en las materias de Violencia Doméstica y Penal Juvenil
Los asuntos en materia de Niñez y Adolescencia serán identificados en el expediente al final del Número Único con las siglas NA

7. CIRCULARES RELATIVAS A INFORMACIÓN A LOS USUARIOS Y AUXILIO A LAS PARTES
Aclaración a la Circular N° 29-2005, sobre "Deber de brindar facilidad a los usuarios que necesiten localizar las salas de juicio, cuando son citados en los procesos"
 Recomendaciones para el mejoramiento de la atención a los usuarios del Poder Judicial
Obligación de dar trato preferencial a personas con discapacidad, adultos mayores, menores  de edad, indígenas, víctimas y personas en situación especial
 Deber del Juez de Juicio de prestar a la parte querellante el auxilio judicial cuando sea imprescindible llevar a cabo diligencias que él no pueda realizar por sí mismo

8.   CIRCULARES RELATIVAS A VIOLENCIA DOMÉSTICA
Reglas sobre confidencialidad e ingreso a albergues del INAMU
Reiteración de la Circular N°79-2005, publicada en el Boletín Judicial N°150 del 5 de agosto de 2005, sobre "Deber de recibir las actas levantadas por las autoridades de policía".

16-06

  • Desistimiento de recursos de casación: obligación de respetar el principio de jerarquía del Ministerio Público.  El desistimiento de los fiscales de la Unidad Especializada en Casación deberá llevar el refrendo del Fiscal General de la República.

17-06

  • Validación de criterios de oportunidad en materia ambiental. Con el fin de uniformar la política de persecución penal en materia agrario-ambiental, concretamente en la aplicación de  criterios de oportunidad sujetos a la técnica jurídica especializada, la autorización del superior jerárquico a que se refiere el párrafo segundo del artículo 22 del Código Procesal Penal, será otorgada o denegada en todos los casos que se presente en todo el territorio nacional por el Fiscal Adjunto Agrario Ambiental y no por otro funcionario adscrito a las Fiscalías Adjuntas territoriales

20-06

·       Contenido de la solicitud de prórroga de prisión preventiva ante Tribunal de Casación Penal:

  • La solicitud de prórroga de la prisión preventiva no es automática, no se concede de oficio y debe gestionarse antes de su vencimiento indicando lo siguiente:

a.        cual ha sido el desarrollo de la investigación, su estado actual, porqué no ha finalizado.

b.        tiempo efectivo de prisión preventiva cumplido, la decisión jurisdiccional que sustentó la medida y el plazo de prórroga que se solicita.  

c.        los presupuestos procesales que la justifican.

 

23-06

  •  Aclaración de los alcances del voto 2004-9978 de la Sala Constitucional sobre imposibilidad de aplicar el abreviado en etapa de juicio

24-06

  •   Reglas éticas mínimas para el cumplimiento de las funciones de los representantes del Ministerio Público.

31-06

  • Asuntos: Oralidad y uso de Medidas Alternas al Debate.

34-06

  • Reglas para solicitar la intervención de comunicaciones.

 

 



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