01 de junio del 2026. Un hombre apellidos López Carballo aceptó los hechos acusados por la Fiscalía Adjunta de Heredia, con lo que fue sentenciado por cometer 16 delitos sexuales en perjuicio de la hija menor de edad de una pareja de amigos suyos.
La pena total impuesta fue de 63 años de prisión, sin embargo, por las reglas del concurso material*, dicho monto se readecuó a 24 años; además, el imputado permanecerá en prisión preventiva mientras la condena adquiere firmeza.
Según la investigación, López era amigo cercano de la familia de la víctima, quien para el momento de los hechos tenía 13 años, por lo que esta acostumbraba a dormir periódicamente en la casa del hombre y de su esposa, ubicada en San Pablo de Heredia.
Esto fue aprovechado por el acusado, quien, entre febrero y agosto del 2025, cometió los delitos sexuales en la vivienda, cuando se encontraba a solas con la ofendida, o bien, cuando no era observado por otras personas.
Delitos acusados:
- Cinco delitos de abuso sexual contra persona menor de edad
- Cinco delitos de fabricación de pornografía
- Un delito de violación contra persona menor de edad
- Un delito de abuso sexual contra persona menor de edad
- Un delito de actos sexuales remunerados contra persona menor de edad
- Dos delitos de difusión de pornografía
- Un delito de corrupción
*Reglas de la penalidad del concurso material:
Cuando una persona comete más de un delito, en diferentes momentos, se da lo que se conoce como un concurso material. Se sanciona sumando las penas que corresponde a cada delito, sin que esta suma pueda superar el triple de la pena mayor impuesta. (Fuente: Manual de términos prácticos para comprender el proceso penal; página 21).