POCOCÍ: FISCALÍA INVESTIGA A SOSPECHOSO DE CRUELDAD ANIMAL

  • Coordinación del despacho permitió el decomiso del perro por parte de Servicio Nacional de Salud Animal.

 

Sharon Hernández Coto

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06 de noviembre del 2019. La Fiscalía Adjunta de Pococí abrió una investigación en contra de un hombre de apellidos Aguilar Zamora, quien figura como sospechoso de cometer el delito de crueldad animal. El despacho consiguió que el Tribunal de Flagrancia acogiera la solicitud de que el caso se tramite por medio de este *procedimiento expedito.

 

Los hechos ocurrieron ayer a las 9:00 a.m., en Cariari, cuando una persona observó a un hombre a bordo de una bicimoto y que, al parecer, llevaba arrastrado a un perro, el cual iba amarrado a esta. En ese momento, el testigo alertó a oficiales de Fuerza Pública, quienes detuvieron a Aguilar.

 

Tras la captura del sospechoso, la Fiscalía solicitó al Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) realizar un dictamen médico veterinario del can, el cual arrojó como resultado lesiones en la piel, tras ser sometido a un arrastre contra su voluntad.

 

Por orden de la Fiscalía, se decomisó la bicimoto del imputado; el despacho consiguió que el perro permanezca bajo custodia de SENASA. El caso sigue en investigación dentro de la causa 19-000378-1263-PE.

 

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*¿En qué consiste el procedimiento de flagrancia?

 

Con el procedimiento expedito para los delitos en flagrancia se procura la solución del conflicto penal en un periodo máximo de 15 días el cual, como excepción, puede ser ampliado en casos muy particulares.

Una vez detenida la persona, el Ministerio Público tendrá 24 horas para la recepción oral de la denuncia por parte de la víctima, también se reciben de manera oral los partes policiales y las entrevistas a los testigos. Además, se recibirá el resto de prueba necesaria para probar el delito.

El Tribunal de Flagrancia señalará una audiencia inicial, en la que se conocerá la competencia de éste, es decir, si procede juzgar la causa por flagrancia o si por el contrario se remite a la vía ordinaria (por ejemplo, ante la solicitud de prueba que requiera más de quince días para ser recabada). El Ministerio Público formulará la acusación de manera oral y también se conocerá de la solicitud de medidas cautelares. El Tribunal deberá resolver la situación jurídica en un plazo de cuarenta y ocho horas.

Durante la audiencia inicial o antes del debate, se pueden aplicar las salidas alternas (conciliación, suspensión del procedimiento a prueba o reparación integral del daño) o el procedimiento especial

abreviado.

En caso de no aplicarse una salida alterna o el abreviado, una vez recabada toda la prueba, se realiza el juicio, en el que se determina la responsabilidad de la persona imputada y la pena a imponer, o

bien, su absolutoria.

Después de emitida la sentencia, las partes tienen 15 días para impugnar, de lo contrario queda en firme la resolución.

 

Fuente: Manual para Periodistas y otras personas no abogadas para  comprender los procesos especiales de investigación penal, en lenguaje no jurídico.

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