FISCALÍA LOGRA CONDENA DE 78 AÑOS DE PRISIÓN CONTRA PAREJA POR MUERTE DE HIJO

FISCALÍA LOGRA CONDENA DE 78 AÑOS DE PRISIÓN CONTRA PAREJA POR MUERTE DE HIJO

 

Sharon Hernández Coto

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03 de marzo del 2021. La Fiscalía Adjunta de Alajuela, en conjunto con la Fiscalía Adjunta de Atención de Hechos de Violencia en perjuicio de Niñas, Niños y Adolescentes (FANNA), logró que se sentenciara a 78 años de prisión, en total, a Wendy Liseth Marroquín Alas y Wilden Zair Pérez Flores, tras ser declarados culpables de la muerte de su hijo de cinco años de prisión. La pena fue impuesta por el Tribunal Penal de la provincia, esta tarde.

 

El Ministerio Público pidió 35 años de cárcel por un homicidio calificado y cuatro años por el delito de tenencia de imágenes de contenido de abuso sexual infantil, para un total de 39 años de prisión para cada uno de los imputados.

Juicio en dos fases. A solicitud de la defensa, en el debate se aplicó el procedimiento de cesura, lo que significa que este se dividió en dos partes, según lo permite el *artículo 323 del Código Procesal Penal. En la primera, tanto la Fiscalía como los representantes de los imputados concluyeron únicamente en relación con la culpabilidad.

De esta manera, el 24 de febrero anterior, el Tribunal Penal emitió una sentencia en cuanto a este aspecto, declarándolos culpables de los delitos de homicidio y tenencia de imágenes de contendido de abuso sexual infantil.

En la segunda fase, la Fiscalía y los defensores emitieron sus conclusiones respecto a la pena que consideraban que se les debía imponer a los imputados. En ese sentido, hoy el Ministerio Público solicitó la pena citada anteriormente.

Los despachos también acusaron a los imputados por tres delitos de abuso sexual, en perjuicio de una persona menor de edad. No obstante, en la primera fase, ambos fueron absueltos, así que hoy la Fiscalía no puede solicitar condenatoria por esos hechos.

Sin embargo, la representación fiscal esperará a recibir la sentencia integral y proceder a valorar si se debe apelar la resolución o no.

Acusación. La Fiscalía comprobó que Marroquín Alas y Pérez Flores, madre y padrastro de la víctima, respectivamente; cometieron los hechos entre diciembre del 2018 y el 09 de mayo del 2019, en Alajuela, en la casa donde vivían.

La pareja omitió su obligación de cuido para con la víctima y la sometieron a un abandono total. Según la prueba que presentó este despacho, los imputados golpeaban al niño de cinco años de edad y esto le ocasionó graves afectaciones en su cuerpo.

El Ministerio Público comprobó que, entre el 08 y el 09 de mayo, debido a las agresiones sufridas, el ofendido falleció por trauma abdominal, laceraciones de yeyuno y mesenterio (cortes en el intestino delgado y su alrededor), y peritonitis aguda, es decir, una infección abdominal. 

Los imputados continuarán en prisión preventiva, mientras la sentencia adquiere firmeza.

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Código Procesal Penal - Artículo 323


El imputado podrá pedir que el debate se celebre en dos fases, con el fin de que en la primera se discuta lo concerniente a la existencia de la culpabilidad y en la segunda, si existe, lo relativo a la individualización de la pena y las consecuencias civiles. En ese mismo plazo, las partes civiles podrán realizar la misma solicitud; pero, en lo que se refiere a las consecuencias civiles. Antes de remitir las actuaciones, el tribunal se pronunciará sobre la solicitud. Resueltos los asuntos anteriores, se remitirán las actuaciones, los documentos y los objetos incautados al tribunal de juicio y se pondrá a su orden a los detenidos.