SENTENCIADO A 45 AÑOS DE PRISIÓN HOMBRE QUE COMETIÓ VIOLACIONES Y ABUSOS CONTRA HIJASTROS MENORES DE EDAD

Daniel Quesada Artavia    

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10 de setiembre del 2021. En un debate que concluyó ayer, la Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial de San José demostró la culpabilidad de un hombre identificado como Jorge Ricardo Fonseca Díaz por múltiples delitos de violación y abuso sexual, además de suministro de droga, en perjuicio de dos personas menores de edad, con lo que fue sentenciado por el Tribunal Penal a 45 años de prisión. 

El total de la condena impuesta al acusado ascendió a 149 años de cárcel, sin embargo, por las reglas del concurso material*, la pena se readecuó a ese monto. Además, Fonseca permanecerá en prisión preventiva mientras la sentencia queda en firme. 

Los hechos acreditados ocurrieron en perjuicio de una niña y un niño, quienes eran hijastros del imputado; en el caso de la primera, estos se dieron cuando ella tenía entre nueve y 13 años, en el lapso comprendido entre el 2009 y el 2013; mientras que los delitos en perjuicio del segundo tuvieron lugar entre el 2009 y el 2017, cuando el ofendido tenía de nueve a 17 años. 

Tal como se demostró en el juicio, Fonseca se aprovechó de momentos en los que estaba a solas con las víctimas para cometer los delitos, en la casa en la que vivían, ubicada en Los Colegios Moravia, en un apartamento en Heredia y otro en Tibás. 

Además, la prueba aportada permitió acreditar que, aprovechándose de su condición de adulto, suministró marihuana al ofendido, consiguiendo con ello someterlo a los efectos de la droga. 

Los hechos fueron denunciados por la madre de las víctimas en el 2017, cuando estas le relataron los abusos que sufrían por parte del acusado. La investigación se desarrolló dentro del expediente 17-002070-0175-PE. 

 

 

* Reglas de la penalidad del concurso material 

Cuando una persona comete más de un delito, en diferentes momentos, se da lo que se conoce como un concurso material. Se sanciona sumando las penas que corresponde a cada delito, sin que esta suma pueda superar el triple de la pena mayor. En ningún caso la pena podrá superar los 50 años en caso de adultos y en el caso de las personas menores de edad imputadas, 10 años o 15 años (según el grupo etáreo). (Manual de términos prácticos para comprender el proceso penal de Costa Rica).