TRAS APELACIÓN DEL MP, ORDENAN NUEVO JUICIO CONTRA ORIENTALES ACUSADOS DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES

  • Órgano coincidió en que sentencia absolutoria del Tribunal Penal de San José se basó en errónea interpretación y aplicación de normas, además de valoración incompleta de prueba.  
  • Fiscalía satisfecha con el fallo, pero lamenta que imputados salieron del país, dificultando la realización de un nuevo juicio para hacer justicia. 
  • Según acusación, grupo criminal se dedicó a adquirir, trasladar y legitimar dineros provenientes de actividades criminales graves, entre las que se encuentra el tráfico nacional e internacional de drogas. 

 

Tatiana Vargas Vindas. 

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

Daniel Quesada Artavia. 

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

12 de julio del 2021. Tras un recurso presentado por la Fiscalía Adjunta contra la Legitimación de Capitales y Capitales Emergentes, el Tribunal de Apelación de Sentencia del II Circuito Judicial de San José ​dio la razón al Ministerio Público y anuló el fallo que absolvió a una organización criminal acusada por el delito de legitimación de capitales provenientes del narcotráfico. 

 

​Entre los argumentos plasmados en su resolución, el órgano coincidió con la Fiscalía, al señalar que la absolutoria en favor de los cuatro imputados se basó en una errónea interpretación y aplicación de normas, además de una valoración incompleta y equivocada de la prueba. En consecuencia, ordenó la realización de un nuevo juicio en su contra.  

 

El fallo, emitid​o el pasado 29 de junio, tiene relación con la causa 18-000029-1322-PE, en la que se investigó y acusó a tres hombres y una mujer, todos extranjeros, de apellidos Weng, Feng, Hu y Li (mujer). ​Estas personas fueron eximidas de toda responsabilidad penal el 06 de julio del 2020, ​cuando el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José ​expuso una serie de argumentos que, un año después, fueron calificados como equivocados, por el Tribunal de Apelación.  

 

Ahora corresponderá al Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José señalar la fecha en que se llevará a cabo el nuevo debate oral y público, ​sin embargo, la Fiscalía señaló que, aunque se encuentra satisfecha con la resolución, lamenta que el futuro del juicio es incierto, puesto que se acreditó que, tras la sentencia absolutoria, los imputados salieron del país.  

 

Resolución. E​n la resolución, que fue notificada a la Fiscalía Adjunta contra la Legitimación de Capitales y Capitales Emergentes el pasado miércoles, el Tribunal de Apelación validó las actuaciones del ​Ministerio Público (MP) y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) ​durante los allanamientos realizados y la prueba obtenida en estos.  

 

Durante el juicio, el Tribunal Penal había considerado ilegítimo el trabajo realizado por ambos entes, anulando los allanamientos y la evidencia, incluyendo el decomiso de aproximadamente $3.5 millones de dólares y ¢240 millones de colones, así como un vehículo de lujo recién adquirido. El Tribunal de Juicio concluyó que tales diligencias fueron ilegales, puesto que se efectuaron sin la presencia de un traductor, pese a que las personas que se encontraban en los inmuebles allanados no comprendían el español. Sin embargo, esto fue rechazado por el Tribunal de Apelación. 

 

Dichos allanamientos se realizaron en el Paseo Colón y en el Barrio Chino, respectivamente, y el Tribunal de Apelación negó que se cercenara el derecho de defensa de las personas detenidas al no contar en esos sitios con la presencia de un traductor o intérprete.  Esto basado en que dicha figura no es requisito para realizar una diligencia de allanamiento y, más bien, solo es procedente cuando se toma la declaración indagatoria de la persona imputada, lo cual se hizo en presencia de su defensor y de la persona intérprete.  

 

Este órgano también descartó que existiera una actuación ilegítima del OIJ, cuando, en agosto del 2018, llevó a cabo el decomiso de $70.000 a una persona extranjera en el aeropuerto internacional Juan Santamaría.  

 

Además, desechó ​rotundamente la tesis del Tribunal Penal de que el Ministerio Público violó los derechos fundamentales de los coimputados, al obtener su declaración y colaboración en el proceso, puesto que, afirmó, ambos contaron con asesoría legal al negociar y declarar, por lo que no existió elemento alguno para señalar una práctica desleal o ilegítima​ como coaccionar a los acusados para obtener su confesión.  

 

En otro de sus argumentos, el órgano de alzada apuntó que “no es sino una especulación del Tribunal el sostener que la decisión que tomó el Ministerio Público de no requerir prisión preventiva en este caso fue errada”, puesto que la imposición de medidas cautelares distintas a la prisión a estas personas no solo permitía mantener a los acusados vinculados al proceso, sino que facultaría darles protección en su rol de colaboradores en la causa o “testigos de la corona”.  

 

El caso. Según la investigación, la estructura criminal actuó en dos períodos; el primero entre junio y agosto del 2018, cuando tuvo su centro de operaciones en el Paseo Colón; y el segundo de enero a abril del 2019, lapso en el que se ubicaron en un local comercial y casa de habitación localizada en el Barrio Chino.  

 

Con base en la prueba recabada, la Fiscalía sospecha que esos sitios eran utilizados además como casas de seguridad, donde almacenaban en forma temporal grandes cantidades de dinero en efectivo. En apariencia, la organización acusada trasladó, convirtió, almacenó y custodió al menos las sumas de $19.342.071 y ¢261.120.290.  

 

Se cree que el grupo criminal recurrió al transporte transfronterizo de dicho efectivo, con el objetivo de insertarlo en las economías de los países de la región, incluyendo Costa Rica, y darle apariencia de ser dinero obtenido de forma lícita.