RIESGOS CON EL USO DE TECNOLOGÍA EN PERSONAS MENORES DE EDAD: IDENTIFÍQUELOS Y SEPA CÓMO ACTUAR

  • Una fiscala de Penal Juvenil destacó que las interacciones en plataformas y dispositivos conectados a internet pueden hacer que niñas, niños y adolescentes sean tanto víctimas como eventuales autores de delitos. 

 

Daniel Quesada Artavia    

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26 de setiembre del 2022. Las bondades del acceso de las personas menores de edad a la tecnología y a internet en ocasiones se ven aplacadas por los peligros que este universo virtual envuelve; por eso, la supervisión que realicen madres, padres o personas encargadas se convierte un punto trascendental. 

Así lo señaló Suhelen Brenes García, fiscala de la Fiscalía Adjunta Penal Juvenil, quien destacó en el programa FrecuenciaMP que ese rol de vigilancia y acompañamiento no es opcional, puesto que representa una obligación para las personas adultas. 

“Lo primero es que tomen una decisión responsable de cuándo la persona menor de edad se encuentra preparada y puede asumir las consecuencias de lo que implica interactuar en redes sociales, tener dispositivos tecnológicos y acceso a internet”, dijo. 

La experta agregó que esa supervisión puede ejercerse tanto por medio de aplicaciones de control parental, que restringen y administran el uso de los dispositivos, como a través del establecimiento de límites y acuerdos. 

“Es importante tomar acuerdos con la persona menor de edad; por ejemplo:  cómo se va a utilizar el dispositivo, hasta qué hora, en qué contextos, quién tendrá acceso y claves, entre otros puntos”, explicó. 

Intervención. Brenes advirtió que los riesgos del uso de la tecnología implican que las niñas, niños y adolescentes no solo estén expuestos a ser víctimas de delitos, sino que, en ocasiones sin percatarse, podrían cometer hechos ilícitos con sus conductas en espacios de internet. 

“Un ejemplo es tener comunicaciones con un contenido amenazante, que podría ser una contravención o un delito; también puede ocurrir que reciban contenido sexual o inapropiado y se conviertan en víctimas o que, por el contrario, más bien lo transmitan a otra persona menor de edad y, el solo hecho de transmitirlo, estaría generando el posible delito de difusión de pornografía”, apuntó. 

La fiscala agregó que “a veces, en las conversaciones e interacciones, se captan imágenes o videos y ahí puede darse el ilícito de fabricación de material de contenido pornográfico”. 

En todo caso, acotó la funcionaria, ante cualquier caso que evidencie que la persona está en una situación de riesgo, la persona adulta encargada debe revisar qué es lo que está sucediendo. 

“Deben revisar y supervisar, sin alterar el contenido que encuentran y, dependiendo del caso, valorar comunicarlo a las autoridades judiciales o al Patronato Nacional de la Infancia”, dijo. 

Si usted desea escuchar la edición completa de Frecuencia MP, puede hacerlo en este enlace. El programa se transmite los lunes a las 11:00 a.m. en Radio Columbia, 98.7 FM, y la página de Facebook del Ministerio Público.  

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