MP CONFIRMA INVESTIGACIÓN EN CONTRA DE DIRECTOR DEL OIJ POR DENUNCIA DE PRESUNTO DELITO DE VIOLACIÓN

27 de octubre del 2025. El Ministerio Público confirma que tramita una causa penal a raíz de una denuncia presentada por una persona mayor de edad, el viernes 24 de octubre, contra el director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), de apellidos Zúñiga López, por el presunto delito de violación. Esta tiene relación con hechos ocurridos en la zona de Corredores, en enero del 2025.

El caso está a cargo de la Unidad de Género de la Fiscalía Adjunta de Corredores, con la dirección y supervisión de la Fiscalía Adjunta de Género, y se investiga bajo el expediente 25-000359-1883-PE; asimismo, las diligencias de investigación se desarrollan en conjunto con la Sección Especializada en Violencia de Género del OIJ.

A solicitud de la fiscalía, dicha sección ya realizó las diligencias de investigación necesarias para reunir la evidencia relevante para el trámite de la causa penal, al tiempo que se mantienen en desarrollo diligencias y pericias adicionales.

Desde el inicio del abordaje de la víctima, el Ministerio Público ha brindado el apoyo profesional interdisciplinario requerido en este tipo de casos, lo que incluye, entre otras cosas, una valoración de riesgo por parte de especialistas de la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito; información que es de carácter confidencial, de acuerdo con lo establecido por la ley 8720.

Adicionalmente, desde que la fiscalía entró en conocimiento de los hechos denunciados, conformó un equipo de trabajo con personal fiscal y de investigación especializado en materia de género, cuya dirección funcional está a cargo exclusivamente de la Fiscalía Adjunta de Género.

Es importante aclarar que la persona denunciada no goza de ningún fuero de protección especial en razón del cargo que desempeña en el Poder Judicial, por lo tanto, la investigación se lleva a cabo bajo el trámite ordinario por personal fiscal especializado.

El Ministerio Público garantiza el adecuado acompañamiento de la víctima, así como la protección y defensa de sus derechos, por lo que, en apego al artículo 295 del Código Procesal Penal, no es posible brindar más detalles. Además, garantiza que trabaja con absoluta independencia y objetividad, en aras de asegurar la prueba pertinente para establecer la verdad real entorno a estos hechos.