23 de octubre del 2024. La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) consiguió que se declarara con lugar el recurso de apelación interpuesto ante el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública, sobre el proceso que se sigue en contra de tres fiscales y dos jueces, de apellidos Kikut, Darcia, Ulloa, Sánchez y Padilla, respectivamente.
El recurso de apelación fue presentado, ya que, en primera instancia, el Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública admitió una gestión de actividad procesal defectuosa, en la que la defensa técnica solicitaba la anulación de los actos procesales que dieron lugar a la apertura de la causa, como lo son el acceso a prueba relevante y la cadena de custodia aplicada, la ampliación de un informe policial y la orden de allanamiento emitida por un juez.
De igual manera, en esa resolución, el Juzgado también acogió la petición de los defensores, en la que se pretendía determinar errónea la apertura de esta investigación, con el antecedente de una causa que se sigue por el homicidio de un exjuez.
Sin embargo, tras conocerse el recurso de apelación interpuesto, el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública estimó que los vicios señalados por la FAPTA, respecto a la primera resolución judicial, se encuentran presentes.
En la nueva resolución, el Tribunal determinó que la prueba obtenida por la Fiscalía en otro proceso penal, y que motivó la apertura de esta causa, es totalmente legítima.
Asimismo, la instancia resaltó que el Ministerio Público tiene la potestad de, ante una investigación criminal en la que surjan nuevos delitos de acción pública, abrir nuevos procesos y realizar las diligencias que considere correspondientes (artículo 180 del Código Procesal Penal).
Los delitos investigados en contra de los funcionarios son tráfico de influencias, falsedad ideológica, incumplimiento de deberes, divulgación de secretos y cohecho propio, bajo el expediente 24-000085-1218-PE.