SOSPECHOSOS DE TENTATIVA DE HOMICIDIO CUMPLEN PRISIÓN PREVENTIVA

  • Imputados serán juzgados por procedimiento expedito de flagrancia.

Sharon Hernández C.

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06 de mayo del 2024. A solicitud de la Fiscalía de Flagrancia de San Ramón, dos hombres de apellidos Ramírez Fernández y Rojas Valverde, sospechosos de cometer el delito de tentativa de homicidio, cumplirán 15 días de prisión preventiva, plazo máximo establecido en el proceso expedito de flagrancia*. 

La medida cautelar fue impuesta por el Tribunal Penal de Flagrancia, el miércoles anterior. Ahora se espera que dicha instancia programe el juicio.

Según el despacho, los hechos ocurrieron el 30 de abril, cuando, al parecer, los imputados se trasladaron a la casa del ofendido, en San Ramón. 

Se presume que los sospechosos observaron a la víctima y dispararon en su contra en al menos 16 ocasiones.  Tras la agresión, el ofendido logró huir, sin embargo, sufrió lesiones en sus piernas y en una extremidad superior.

Los sospechosos se retiraron en su motocicleta, sin embargo, minutos después fueron detenidos por oficiales de Fuerza Pública.

El caso corresponde al expediente 21-000717-0068-PE.

 

*Procedimiento expedito de flagrancia.

¿Cuándo se aplica? 

Un delito se considera cometido en flagrancia cuando:

 

a) La persona es sorprendida al momento de cometer el hecho o inmediatamente después. 

b) La persona es detenida durante la persecución. 

c) La persona tenga objetos o rastros que hacen presumir que acaba de participar en el delito.

 

¿En qué consiste el procedimiento? 

Con el procedimiento expedito para los delitos en flagrancia se procura la solución del conflicto penal en un periodo máximo de 15 días el cual, como excepción, puede ser ampliado en casos muy particulares. Una vez detenida la persona, el Ministerio Público tendrá 24 horas para la recepción oral de la denuncia por parte de la víctima, también se reciben de manera oral los partes policiales y las entrevistas a los testigos. Además, se recibirá el resto de prueba necesaria para probar el delito. 

 El Tribunal de Flagrancia señalará una audiencia inicial, en la que se conocerá la competencia de éste, es decir, si procede juzgar la causa por flagrancia o si por el contrario se remite a la vía ordinaria (por ejemplo, ante la solicitud de prueba que requiera más de quince días para ser recabada). El Ministerio Público formulará la acusación de manera oral y también se conocerá de la solicitud de medidas cautelares. 

El Tribunal deberá resolver la situación jurídica en un plazo de cuarenta y ocho horas. Durante la audiencia inicial o antes del debate, se pueden aplicar las salidas alternas (conciliación, suspensión del procedimiento a prueba o reparación integral del daño) o el procedimiento especial abreviado. En caso de no aplicarse una salida alterna o el abreviado, una vez recabada toda la prueba, se realiza el juicio, en el que se determina la responsabilidad de la persona imputada y la pena a imponer, o bien, su absolutoria. Después de emitida la sentencia, las partes tienen 15 días para impugnar, de lo contrario queda en firme la resolución.

Fuente: Manual para periodistas y otras personas no abogadas para comprender los procesos especiales de investigación penal, en lenguaje no jurídico.