Jueves, 18 Junio 2020

MP REFUERZA CONOCIMIENTOS EN PERSONAL SOBRE EL DELITO DE TORTURA

MP REFUERZA CONOCIMIENTOS EN PERSONAL SOBRE EL DELITO DE TORTURA
  • El espacio incluyó una charla magistral a cargo de la magistrada de la Sala Constitucional, Nancy Hernández López.

 

  • Fiscala General: “Hemos tomado conciencia de la gran responsabilidad que tiene el Ministerio Público de atender las denuncias de abusos, violencia, maltrato y tortura que pueden estar sufriendo diferentes grupos de la población en general”.

Tatiana Vargas Vindas

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

18 de junio del 2020. 67 personas se reunieron ayer de manera virtual para participar en un ciclo de vídeo conferencias sobre tortura, organizado por la Unidad de Capacitación y Supervisión (UCS). El objetivo es que el personal identifique las conductas delictivas que se adecúan a ese delito, para el abordaje de las investigaciones penales.

Mediante la plataforma Microsoft Teams, la fiscala general, Emilia Navas Aparicio, estuvo a cargo de la apertura de la actividad formativa, a la que calificó como importante para el conocimiento de los fiscales y fiscalas de la institución que atienden o podrían atender casos de tortura.

"La decisión de la Fiscalía General de organizar este ciclo de conferencias encuentra sustento en que hemos tomado conciencia de la gran responsabilidad que tiene el Ministerio Público de atender las denuncias de abusos, violencia, maltrato y tortura, que pueden estar sufriendo diferentes grupos de la población en general, esto por parte de cuerpos policiales. Nosotros tenemos una responsabilidad colateral, en el sentido de que, si asumimos las investigaciones bien, se envía un mensaje a la población de que la Fiscalía General no va a tolerar estos abusos", expresó la jerarca.

El espacio incluyó una charla magistral a cargo de la magistrada de la Sala Constitucional, Nancy Hernández López, quien abordó “El Habeas Corpus como herramienta de protección contra la tortura y la integridad física: jurisprudencia constitucional”.

“Me pone muy contenta que se dé este tipo de capacitaciones, pues es una realidad que se enfrenta no solo en Costa Rica sino a nivel mundial, pero debemos de visualizarlo para no tener consecuencias mayores y atacar la problemática”, expresó la Magistrada.

En el mismo sentido, la fiscala adjunta de la UCS, Dixiela Madrigal Mora, señaló que el tema de la tortura debe llamar la atención del Ministerio Público, porque Costa Rica ratificó la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, desde el 21 de julio de 1993. Según la funcionaria, eso obliga a tomar medidas legislativas, administrativas y judiciales, y, además, a observar el artículo 40 de la Constitución Política, que prohíbe los tratos crueles o degradantes.

El ciclo de vídeo conferencias continúa el próximo 26 de junio, con la exposición virtual de José Pablo Vega Herrero, del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, quien impartirá el tema “Control de convencionalidad aplicado a la prevención de la tortura”. Ese día el ciclo cierra con la charla “Abordaje del Ministerio Público en el delito de Tortura”, a cargo de la fiscala Sharon Rodríguez Segura.

De acuerdo con Rodríguez, esta actividad de capacitación está planteada para que las personas capacitadas comprendan cuál es la naturaleza del delito de tortura, su finalidad de protección y la relevancia que tiene su persecución, como garantía del Estado para el reconocimiento y goce de los Derechos Humanos.

En Costa Rica, la tortura está regulada en el artículo 123 bis del Código Penal de Costa Rica, que establece, textualmente: “Será sancionado con pena de prisión de tres a diez años, quien le ocasione a una persona dolores o sufrimientos físicos o mentales, la intimide o coaccione por un acto cometido o que se sospeche que ha cometido, para obtener de ella o un tercero información o confesión; por razones de raza, nacionalidad, género, edad, opción política, religiosa o sexual, posición social, situación económica o estado civil.

Si las conductas anteriores son cometidas por un funcionario público, la pena será de cinco a doce años de prisión e inhabilitación de dos a ocho años para el ejercicio de sus funciones”.