Jueves, 17 Junio 2021

MINISTERIO PÚBLICO Y PODER JUDICIAL CUENTAN CON MECANISMOS PARA GESTIONAR ADECUADAMENTE POSIBLES CONFLICTOS DE INTERÉS

    • Inhibitoria de la Fiscala General garantiza objetividad en el actuar del MP.

    • Fiscala General: "Mi compromiso con el país en la lucha contra la corrupción, cuyo discurso ha venido siendo acompañado, en estos tres años y medio, de decisiones consecuentes y concordantes con este, está por encima de cualquier situación de pareja, personal o familiar. Mi compromiso con el país es que esta sea la prioridad y así se ha venido haciendo".

Sharon Hernández Coto

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17 de junio del 2021. La Fiscala General de la República, Emilia Navas Aparicio, presentó esta mañana la inhibitoria formal en el expediente 19-000025-1218-PE, y, en apego al principio de transparencia, envió un informe a las magistradas y los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, relacionado con su posición y su proceder frente a casos de investigación penal en los que se ha inhibido de conocers para evitar cualquier conflicto de interés. 

 

Navas explicó que, como Fiscala General y a lo largo de sus 33 años de carrera judicial, se ha apartado del conocimiento de casos en los que su esposo, José Francisco Campos Aguilar, figura como abogado defensor de alguna de las partes. 

 

"Mi compromiso con el país en la lucha contra la corrupción, cuyo discurso ha venido siendo acompañado en estos tres años y medio de decisiones consecuentes y concordantes con mi discurso, está por encima de cualquier situación de pareja, personal o familiar. Mi compromiso con el país es que esta sea la prioridad y así se ha venido haciendo", aseguró.

 

Señaló que, sobre el caso particular, denominado policialmente como "Cochinilla", no conocía del mismo ni tampoco realizó ningún tipo de gestión para ese expediente, lo cual es una fortaleza para el Ministerio Público por dos razones: se cumple con la Ley y con la normativa interna para evitar cualquier conflicto de interés, y se reconoce el fortalecimiento e independencia de una Fiscalía que actúa conforme a la legislación, sin importar quién es la persona imputada y quién es la persona que ejerce la defensa técnica. 

  

La Fiscala General mencionó que el Código Procesal Penal establece que "cualquier persona funcionaria judicial que considere que existe el riesgo de un conflicto de interés tiene la posibilidad de excusarse, inhibirse y participar en las investigaciones donde exista alguna persona que la obligue a separarse", pero además de eso, durante su gestión se trabajó y aprobó un protocolo para mitigar posibles conflictos de interés y asegurar que los casos avancen sin intervención indebida de la persona que ejerza el cargo de Fiscala o Fiscal General. 

 

"En el mes de junio del 2019 se confeccionó la circular 20-ADM-2019, la cual se titula Protocolo para la prevención, identificación y gestión de los conflictos de interés de la Fiscala General o Fiscal General de la República de Costa Rica.  Esta es una normativa interna que construí para asegurarle y darle garantía al país de que cuando haya riesgo de un conflicto de interés, la persona que ocupe el puesto de Fiscala o Fiscal General -en este caso, mi persona- sepa cómo apartarse de las investigaciones donde exista efectivamente esa situación", enfatizó Navas Aparicio.

 

De acuerdo con la funcionaria, tras la creación del protocolo, este fue puesto en conocimiento de Kenia Alvarado Villalobos, quien es Oficial de Cumplimiento del Poder Judicial, así como del Presidente y la Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia.

 

"Esto me ha permitido excusarme, fundamentadamente y de acuerdo con estas normas, de los casos en los que mi esposo figura como litigante, independientemente del papel que tenga en la investigación. Este protocolo fue puesto en conocimiento de todo el personal del Ministerio Público porque es importante que actúen de acuerdo al mismo, cuando tengan conocimiento de que mi esposo, en este caso, es interviniente en las causas penales que se tramitan en cualquier oficina del país", afirmó Navas.

 

La jefa del Ministerio Público informó que, hasta este momento, el expediente 19-000025-1218-PE se tramita exclusivamente en la Fiscalía Anticorrupción, pues no hay personas investigadas con fuero especial o inmunidad.

 

"Las actuaciones del Ministerio Público constituyen una garantía de la objetividad de las investigaciones y resalta el alto valor ético de las personas funcionarias de la institución, y por ende, refuerza el papel del Ministerio Público dentro de un sistema democrático", añadió. 

 

Blindaje de la Fiscalía Anticorrupción. La jerarca afirmó que el caso "Cochinilla" refleja que la normativa existente funciona correctamente y muestra al país una Fiscalía Anticorrupción fuerte, valiente e independiente, que dirigió la investigación de un caso de alto nivel, anteponiendo lo que el personal del Ministerio Público está llamado a hacer: cumplir la ley con valentía y sin temor a ningún tipo de presión indebida de parte de cualquier persona. 

 

"El país tiene que saber que existe una Fiscalía con personal altamente calificado y honesto, que da una respuesta firme contra la corrupción", dijo la jerarca al tiempo que informó que la Fiscalía General dictó una política para fortalecer la labor de la Fiscalía Anticorrupción y para blindarla de cualquier tipo de presión. 

 

Se trata de la circular 13-ADM-2020, cuyo título es "Política de Persecución Penal en delitos funcionales y de corrupción dentro del Ministerio Público, impartida por la Fiscalía General de la República a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción" (FAPTA).

 

La Fiscala señaló que, con esa política, se blindó y se le dio una independencia funcional total a la Fiscalía de Anticorrupción, para que pueda hacer sus investigaciones. De esta manera, la Fiscalía General, independientemente de quién ocupe el cargo, no tendrá ningún tipo de injerencia. 

 

Al respecto de ese último punto, la funcionaria destacó un extracto de dicha circular, de cumplimiento obligatorio, que refiere a la FAPTA: "su labor y función deberá ser garantizada mediante un blindaje de presiones políticas, económicas, sociales, mediáticas o de cualquier naturaleza que pongan en riesgo la objetividad, la legalidad de sus investigaciones y a sus componentes, quienes deben de poseer los más altos estándares de idoneidad y calidad de competencias técnicas - jurídicas, de comportamiento, conductuales, éticas y valores, conforme a las disposiciones de la Fiscalía General y políticas del Poder Judicial en temas de probidad, integridad, valores y las instrucciones emitidas por la Fiscalía General de la República".

 

El segundo aspecto que resaltó Navas es que se decidió darles prioridad a aquellos delitos de corrupción cometidos en el sector de salud pública, en el medio ambiente, en perjuicio de la educación pública, contra las telecomunicaciones y energías; así como aquellos asuntos de corrupción política, cometidos dentro del régimen municipal, judicial, transnacional y en el desarrollo de la infraestructura vial. Precisamente, el caso 19-000025-1218-PE es una muestra del cumplimiento de esa política de persecución, por presunta corrupción en infraestructura del Estado. 

 

La Fiscala General reiteró que lo importante en ese caso y en cualquier otro en el que esté inhibida o tenga que hacerlo, es la gestión correcta del conflicto de interés, de la honestidad y la ética, para evitar que el expediente continúe avanzando con total independencia y apego a las leyes. "Eso es lo que he hecho y he venido haciendo, y es mi compromiso con Costa Rica", concluyó.