Martes, 22 Junio 2021

RELACIONES IMPROPIAS: VÍNCULOS DE DESIGUALDAD QUE AFECTAN EL DESARROLLO DE PERSONAS MENORES DE EDAD

    • Fiscala Adjunta de Género hizo llamado a superar parámetros sociales que han normalizado relaciones inadecuadas entre personas adultas y personas menores de edad. 
    • Ley promulgada en 2017 establece penas de prisión que oscilan entre dos y 10 años, según distintas variables.

Daniel Quesada Artavia   

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22 de junio del 2021. La promulgación de la llamada Ley de Relaciones Impropias, en enero del 2017, hizo que las denuncias por relaciones entre personas adultas y personas menores de edad ante la Fiscalía Adjunta de Género pasaran de cerca de 2.000, en el 2016, o más de 4.000 en los tres años siguientes. 

Este lunes, Gabriela Alfaro Zúñiga, fiscala adjunta de Género, dio a conocer las cifras en el programa FrecuenciaMP, al tiempo que hizo un llamado de atención para que las personas denuncien este tipo de delitos. 

“Se trata de una relación entre una persona adulta y una persona menor de edad en un plano de desigualdad y de poder, puesto que, cuando hablamos de la existencia de una relación y del reconocimiento de esta, deberían ambas partes encontrarse en condición de igualdad. No obstante, al ocurrir en un plano de lesión de los derechos de la víctima, se califica como una relación inadecuada”, explicó. 

Esta Ley establece que el delito de relación sexual con una persona menor de edad se sanciona con una pena de tres a seis años de prisión cuando la víctima sea mayor de 13 años y menor de 15; y de dos a tres años cuando la persona ofendida sea mayor de 15 años y menor de 18. 

Además, esta pena aumentaría de cuatro hasta 10 años de cárcel cuando ocurran agravantes, tales como la existencia de una relación de confianza, una relación de parentesco, sea de consanguinidad o de afinidad, o bien, cuando exista una posición de autoridad. 

“Existen parámetros sociales que han venido a normalizar este tipo de conductas, por eso no podemos hablar de un cambio de paradigma tajante con la promulgación de la Ley, pero sí de una posibilidad de información para que las personas sepan que esta conducta es delito, pero además que comprendan que esta situación es inadecuada para las personas menores de edad, porque lesiona su desarrollo normal, emocional, sexual y psicológico”, apuntó la fiscala. 

Alfaro subrayó que, comúnmente, en estos casos la persona ofendida no se reconoce como víctima “porque están pensando en un amor romántico que idealizaron desde que eran personas de escasa edad o porque reciben ventajas a nivel económico durante el tiempo en que se desarrolla la relación, pero luego inicia una etapa de sometimiento”, detalló. 

De esta manera, la especialista hizo énfasis en que la existencia de estas relaciones de desigualdad termina por afectar el desarrollo normal de las personas menores de edad. 

“Es probable que esta persona ya no pueda desarrollarse a nivel académico como lo hubiera hecho si no tuviera ese tipo de relación inadecuada, o puede ocurrir un embarazo temprano. De esa forma se ven afectados procesos que tenían una secuencia lógica en su vida y puede ser que se alteren, que se transformen o que se impongan para que esta persona menor de edad vea frustrado este desarrollo normal al cual tenía derecho”, dijo la funcionaria. 

La edición completa de FrecuenciaMP, está disponible en este enlace. Además, usted puede escuchar el espacio del Ministerio Público todos los lunes, a las 9:00 a.m., a través de 98.7 FM de Radio Columbia o de la página de Facebook “Ministerio Público de Costa Rica”.