FrecuenciaMP
Daniel Quesada Artavia
18 de agosto del 2021. Además de un deber cívico, quienes ejercen la función pública tienen la obligación de denunciar los hechos delictivos de los que se enteren, para ponerlos en conocimiento de las autoridades y que se realice la investigación respectiva.
Este lunes, en el programa del Ministerio Público, FrecuenciaMP, el fiscal adjunto de Heredia, Fernando Arguedas Rojas, explicó las implicaciones de este aspecto que acompaña a quienes laboran para el Estado.
El experto detalló que dicha obligatoriedad aplica para delitos de cualquier tipo, no únicamente en casos de corrupción; puesto los hechos de los que se enteren las personas dependerán de la naturaleza de las funciones que desempeñen.
“Nos podemos enterar de situaciones muy variadas, por ejemplo, un caso de corrupción, de agresión a personas, de sustracción de activos del Estado, pero también de otro tipo de situaciones, como pueden ser abusos sexuales en perjuicio de personas menores de edad o cualquier otra actividad que pueda considerarse delictiva; en cualquiera de estos casos, nuestra obligación es denunciar”, dijo.
Información valiosa. En ocasiones, un correo electrónico, una imagen o un oficio pueden ser evidencia relevante para iniciar una investigación; de ahí que la colaboración de la persona denuncia es indispensable.
“Se pueden interponer denuncias anónimas, porque, en algunos casos, se comprende que exista preocupación por represalias dentro de la estructura jerárquica de la institución para la que se trabaja; aunque, eso sí, la importancia de que la persona se identifique al denunciar radica en que dejaría constancia de que está cumpliendo con su deber de reportar hechos irregulares de los que se entere”, aseguró.
Por otra parte, en numerosas investigaciones la colaboración de quien denuncia se convierte en un elemento vital para el éxito de una causa penal; puesto que aporta insumos valiosos para las actuaciones del MP.
“Muchas veces, la participación de esta persona podría no terminar con su denuncia, sino que en ocasiones puede participar en etapas posteriores; podría llegar a ser necesaria se declaración en una fase posterior, por ejemplo, en etapa de juicio”, reveló Arguedas.
Posibles delitos. Junto a esta obligatoriedad, también existen potenciales consecuencias para las personas funcionarias públicas que, teniendo conocimiento de eventuales hechos delictivos, no los denuncian.
El fiscal destacó que “puede ser que el funcionario o funcionaria que no ha cumplido esa obligación de informar del delito del que se enteró por sus funciones esté incumpliendo sus deberes y cometiendo un delito. También, en algunos casos podría verse esta falta denuncia como un encubrimiento de la actividad que conoció”.
Frente a ese escenario, apuntó, “las consecuencias no solamente podrían ser a nivel administrativo, pensando en una falta disciplinaria, también podría tener consecuencias a nivel penal”.
Arguedas recordó que quienes toman la decisión de denunciar hechos delictivos cuentan con la garantía de protección de su integridad, puesto que al resguardo de la información se suma la posibilidad de recurrir a la Oficina de Atención a la Víctima del Delito.
Usted puede repasar el programa completo en este enlace.